SAP Las Palmas 612/2012, 12 de Noviembre de 2012
Ponente | RICARDO MOYANO GARCIA |
ECLI | ES:APGC:2012:2989 |
Número de Recurso | 580/2012 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 612/2012 |
Fecha de Resolución | 12 de Noviembre de 2012 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 3ª |
SENTENCIA
Ilmos. /as Sres. /as
SALA
Presidente
D./Dª. RICARDO MOYANO GARCIA (Ponente)
Magistrados
D./Dª. ILDEFONSO QUESADA PADRON
D./Dª. FRANCISCO JAVIER JOSE MORALES MIRAT
En Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de noviembre de 2012.
SENTENCIA APELADA DE FECHA: 9 de noviembre de 2011
APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D. Carlos Francisco
VISTO, ante esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, el recurso de apelación admitido a la parte demandada, en los reseñados autos de Liquidación sociedad gananciales nº 1029/2010, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Telde de fecha 9 de noviembre de 2011, seguidos a instancia de D. Carlos Francisco representado por el Procurador D. JOSÉ LUIS OJEDA DELGADO y dirigido por el Letrado D.JOAQUIN CACERES MORENO, contra Dña. Tomasa representada por la Procuradora Dña. LOURDES CASANOVA LÓPEZ y dirigida por el Letrado D.JUAN DAVID GARCIA PAZOS.
El Fallo de la Sentencia apelada dice: "Primero: Aprobar, como inventario de la sociedad legal de gananciales del matrimonio contraído por doña Tomasa y don Carlos Francisco, el siguiente:
ACTIVO
La cantidad de 92.145'46 euros, en concepto de ganancias existentes en la cuenta abierta a nombre de don Carlos Francisco en la entidad "Bankinter".
La cantidad de 2.402'21 euros, en concepto de ganancias existentes en la cuenta abierta a nombre de doña Tomasa en la entidad "Bankinter".
Un derecho de crédito contra doña Tomasa, por la cantidad de 12.188'94 euros, en concepto de pagos de mensualidades de financiación del vehículo propiedad de la actora, con matrícula ....-HTF .
PASIVO
No existe ningún tipo de carga o deuda ganancial.
Las costas no se imponen a ninguna de las partes". SEGUNDO.- La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día 02/11/2012.
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la Sentencia el Ilmo.Sr. D. RICARDO MOYANO GARCIA, quien expresa el parecer de la Sala.
Se debaten en proceso sobre inventario de bienes y deudas de la sociedad de gananciales dos partidas cuestionadas por el esposo de las contenidas en la sentencia apelada, ambas del activo de la sociedad conyugal.
Antes de adentrarnos en el fondo del asunto hemos de resolver sin embargo la oposición de la esposa apelada a la admisión del recurso, ya que el mismo se dedujo conforme al trámite anterior a la reforma de la
L.E.C. 1/00 por Ley 37/2011, de 10 de octubre, que suprimió el doble trámite de preparación e interposición del recurso, optando por un trámite único en plazo de veinte días, el cual se habría rebasado cuando la parte fundamenta su apelación. Formalmente tiene razón el apelado, ya que conforme a la D.T. Unica de la Ley 37/2011, los procesos deben seguir por el trámite anterior hasta concluir la instancia, pero tras la sentencia se aplicará ya la nueva normativa. Y dado que la sentencia se dictó el 9/11/2011 estaba ya en vigor la reforma de la Ley, en vigor desde el 31/10/2011. Sin embargo, lo cierto es que en la sentencia apelada se menciona como medio de impugnación el trámite ya derogado, de preparación y posterior fundamentación del recurso. Y de hecho el Tribunal "a quo" aceptó esta forma de tramitar el recurso, e incluso se dictó diligencia de ordenación requiriendo solamente la subsanación de la falta de depósito, diligencia no combatida por la parte apelada. Así pues se tramitó bajo aquiescencia de la parte y del Tribunal el recurso por el trámite anterior, por lo que en su caso lo que procedería es la anulación de los trámites, lo que no ha sido solicitado por el apelado.
Nos adentramos pues en las partidas combatidas por el apelante.
-
- Carácter ganancial o privativo del esposo del saldo de la cuenta corriente de la entidad Bankinter, a nombre del marido....
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Las Palmas 575/2015, 14 de Octubre de 2015
...Que las partidas consistentes en las cantidades de 61.904,94 euros y 2402,21 euros, fijadas en la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de fecha 12 de noviembre de 2012, no son ningún derecho de crédito de la sociedad de gananciales contra ninguno de sus miembros, sino dinero g......