SAP Málaga 172/2013, 27 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha27 Marzo 2013
Número de resolución172/2013

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION NOVENA

MALAGA

ROLLO PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 12/13

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN Nº 1 DE MALAGA

P.A. Nº 74/12

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ILUSTRISIMOS SEÑORES.

PRESIDENTE

Dº Enrique Peralta Prieto

MAGISTRADA/O

Dña. Lourdes García Ortiz

D. Julio Ruiz Rico Ruiz Morón

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SENTENCIA Nº 172/13

En la ciudad de Málaga a 27 de Marzo de 2.013.

Vista en juicio oral y público ante la Sección Novena de esta Audiencia, la causa seguida por el Juzgado de Instrucción de anterior referencia, por delito contra la Salud Pública, contra el procesado Desiderio con DNI NUM000, nacido el día NUM001 /1949, en Málaga, hijo de Francisco y Rosario, vecino de la C/ DIRECCION000, nº NUM002 de Málaga, con antecedentes penales no computables, representado por el procurador Don Dolores Gutierrez Portales y defendido por el Letrado Don Vivas Mollina; siendo parte el Ministerio Fiscal y ponente la Magistrada Ilma. Señora D. Lourdes García Ortiz.

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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Las presentes actuaciones iniciadas como consecuencia de atestado policial se ha seguido por delito contra la salud pública, tras determinar la incoación de Diligencias Previas nº 2586/11 por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Málaga, se transformaron en Procedimiento abreviado, por el delito antes mencionado .

SEGUNDO

Recibidas las actuaciones en este Tribunal, previos los trámites legales, y como el Ministerio Fiscal había formulado conclusiones acusatorias contra el acusado mencionado en el encabezamiento, por un delito contra la salud pública, y se había acordado la apertura del Juicio Oral, se procedió al señalamiento de día para comienzo de las sesiones, cuyo acto se celebró con asistencia del Ministerio Fiscal, del Acusado y de su Letrado defensor el día 19 de marzo de 2013.

TERCERO

El Ministerio Fiscal calificó definitivamente los hechos como constitutivos de un delito contra la salud pública, previsto y penado en el artículo 368 del Código Penal, solicitando para, Desiderio en concepto de autor criminalmente responsable, la pena de seis años prisión,inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y muta de 235 euros y costas

CUARTO

La Defensa del Acusado mostró su disconformidad con las correlativas del Ministerio Fiscal, solicitando la absolución de su patrocinado.

HECHOS PROBADOS

Del análisis en conciencia de la prueba practicada pueden declararse como tales y así se declaran los que siguen: El día 8 de abril de 2011 Desiderio, mayor de edad y con antecedentes penales, habiendo sido condenado ejecutoriamente por sentencias de 12 de enero de 1993 y 24 de diciembre de 1996 por delito contra la salud pública, a penas de 8 y 11 años e prisión, fue sorprendido en la calle Maria Tubao de Málaga vendiendo paquetillas de cocaína, siendo interceptados por la policía nacional dos compradores momentos después de comprarle un total de tres paquetillas que contenían 0,74 gramos de cocaína con una pureza del 45,1% y un valor de venta de 69,91 euros. Detenido el acusado se le intervinieron 449 euros.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Los hechos declarados probados son legalmente constitutivos de un delito contra la Salud Publica previsto y penado en el artículo 368 del Código Penal, ya que su autor se dedicaba a la venta a terceras personas de cocaína en la calle Maria Tubau de Málaga, tratándose de sustancias estupefacientes que causan grave daño a la salud, incluida en las listas I y IV del Convenio Unico de las Naciones Unidas de

1.961, ratificado por España por Instrumento de 3 de febrero de 1.996, y Tratado de Viena de 1.971, elementos que integran dicho tipo penal .

Así, como requisitos del dicho delito, se han de destacar los siguientes: a)el objetivo, integrado por las actividades encaminadas a promover, favorecer o facilitar el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, así como la posesión de tales sustancias con aquellos fines, es decir, tenencia y disponibilidad de las mismas bajo el designio rector de hacerlas llegar a terceros, iniciando,fomentando o propiciando en los mismos el consumo ilegal de drogas; b)ejecución ilegítima de los actos enumerados, al carecer los...

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