SAP Cádiz 76/2011, 15 de Abril de 2011

PonenteBLAS RAFAEL LOPE VEGA
ECLIES:APCA:2011:2096
Número de Recurso63/2011
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución76/2011
Fecha de Resolución15 de Abril de 2011
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

SECCIÓN OCTAVA

con sede en Jerez de la Frontera

Magistrado: Ilmo. Sr. Don BLAS RAFAEL LOPE VEGA

Apelación civil nº 63/2011-MB

Juzgado de procedencia: Primera Instancia nº 1 de Jerez de la Frontera. Juicio verbal 573/10.

S E N T E N C I A Nº 76/2011

En Jerez de la Frontera a quince de abril de dos mil once.

La sección octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez de la Frontera, constituida unipersonalmente de acuerdo con el artículo 82-1-1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial por tratarse de un recurso contra una sentencia dictada en juicio verbal por razón de la cuantía, ha conocido del recurso de apelación formulado contra la sentencia dictada el 2 de noviembre de 2010 en autos de juicio verbal sobre reclamación de cantidad. Es apelante "ENDESA INGENIERIA S.L.", representada por el procurador señor Paullada Alcántara y asistida por el letrado don Jesús García Mora. Es apelada "ALBA Y JIMÉNEZ S.L." que en primera instancia fue declarada en rebeldía y que no se ha personado en esta segunda instancia.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida ha desestimado la demanda formulada por "Endesa Ingeniería s.l." y ha condenado a dicha sociedad al pago de las costas. En su demanda "Endesa Ingeniería s.l." había solicitado una sentencia que condenase a la sociedad demandada a abonarle 811'06 euros más intereses y costas.

SEGUNDO

Contra esa sentencia ha recurrido en apelación "Endesa Ingeniería s.l." pidiendo que se revoque la sentencia desestimatoria y que en su lugar se condene a la demandada en los términos indicados en la demanda. En el recurso de apelación se señala en primer lugar que el contrato de mandato suscrito entre "Endesa Ingeniería s.l." y "Endesa Distribución Eléctrica s.l." tenía establecida una duración de un año, pero también tenía establecida una renovación automática por períodos sucesivos de un año salvo denuncia unilateral, que afirma la parte apelante que no se había producido. Añade también la parte apelante que la casi totalidad de la documentación aportada había sido facilitada por el perito por "Endesa Destribución", añadiendo la parte apelante que la propietaria de las instalaciones, "Endesa Distribución" permitió que fueran reparadas por personal subcontratado por "Endesa Ingeniería", considerando la parte apelante que todo ello acreditaría la vigencia del contrato de mandato. También señala la parte apelante que la factura correspondiente a la reparación, realizada por "Electroamsa", fue abonada por "Endesa Ingeniería s.l." que sería por tanto la entidad legitimada para reclamar la indemnización de ese perjuicio. La parte cita una serie de sentencias en apoyo de su pretensión. Tras la correspondiente tramitación se remitieron las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde fueron turnadas y quedaron pendientes de sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

"Endesa Ingeniería s.l." ha solicitado que se condene a "Alba y Jiménez s.l." a abonar 811'06 euros en concepto de indemnización por los daños producidos el 21 de octubre de 2009 en una línea de baja tensión de "Endesa Distribución s.l." en la calle Dolores Rubins de Celis en la localidad de Santiponce (Sevilla). Se dice en la demanda que los daños los habría producido un operario trabajando con un martillo percutor por cuenta de la sociedad demandada. La sociedad demandada fue declarada rebelde y la sentencia recurrida ha desestimado la demanda por considerar que "Endesa Ingeniería s.l." no está legitimada para reclamar esa cantidad porque no sería ni la propietaria de las instalaciones dañadas, ni la perjudicada por la interrupción del suministro eléctrico, ni por los gastos de reparación. Dice la sentencia recurrida que el contrato de mandato existente entre "Endesa Distribución s.l." y "Endesa Ingeniería s.l." no habría transferido el carácter de perjudicada por el siniestro ni habría permitido que una de las sociedades representase a la otra. El examen de la documentación aportada pone de manifiesto que al folio 47 de las actuaciones figura una factura pro forma elaborada de "Electroamsa" en la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • SAP Córdoba 46/2013, 1 de Marzo de 2013
    • España
    • 1 Marzo 2013
    ...ha de satisfacerlo, "ENDESA INGENIERÍA". Por tanto, del mismo modo que en el caso análogo estudiado por la Sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz de 15 de abril de 2.011 (Roj: SAP CA 2096/2011 ), al estar dicho documento unido a un informe pericial en el que consta que la reparación ......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR