SAP Málaga 337/2011, 16 de Mayo de 2011
Ponente | DIEGO ENRIQUE BUENO MEILAN |
ECLI | ES:APMA:2011:4129 |
Número de Recurso | 130/2011 |
Procedimiento | PENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO |
Número de Resolución | 337/2011 |
Fecha de Resolución | 16 de Mayo de 2011 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 1ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA
SECCION PRIMERA
JUZGADO DE LO PENAL NÚMERO 5 DE MÁLAGA
PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚMERO 554/2010
ROLLO DE APELACIÓN NÚMERO 130/2011
SENTENCIA Nº 337/2011
Iltmos. Sres.
PRESIDENTE
Dª. AURORA SANTOS GARCÍA DE LEON
MAGISTRADOS
Dª. MARIA DE LOS ANGELES SERRANO SALAZAR
D. DIEGO BUENO MEILAN
En la Ciudad de Málaga a dieciséis de mayo de dos mil once.
Vistos por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los Autos de Procedimiento Abreviado nº 554/2010 del Juzgado de lo Penal nº5 de Málaga, contra Jenaro, nacido en Alemania, el día NUM000 - 1977,con DNI NUM001,con antecedentes penales y en libertad por esta causa;representado por el Procurador Sr.GARCIA SÁNCHEZ-BIEZMA y la direccion tecnica de la Letrado Sr.MARTINEZ GALLARDO;habiendo sido parte el ministerio Fiscal,, y ponente D. DIEGO BUENO MEILAN, que expresa el parecer de los Ilustrísimos Señores componentes de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, que al margen se relacionan, en los siguientes términos:
Que, con fecha 16 de febrero de 2011, el Juzgado de lo Penal nº5 de esa Capital, dictó sentencia en las presentes actuaciones, que contenía los siguientes hechos probados: "Apreciando en conciencia las pruebas practicadas resulta acreditado y así se declara que en virtud de sentencia firme de 4 de mayo de 2010 el Juzgado de Instrucción nº 1 de Loja, impuso al acusado, Jenaro, mayor de edad y condenado en sentencia firme de fecha 22/6/2010, como autor de un delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducción sin permiso o retirado cautelar o definitivamente, y en sentencia firme de fecha 4/5 /2010 como autor de un delito contra la seguridad vial a la pena de dos años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante el plazo de dos años, principiando dicha prohibición el día 2/8/2010 y expirando el día 31/7/2012.Sin embargo, el acusado,pese a ser conocedor de la vigencia de la pena impuesta, fue sorprendido sobre la 1:00 hora del dia 9/10/10,cuando conducia el vehículo matricula QO-....-QL a la altura del P.K. 05,00 de la carretera A-7200,termino municipal de Archidona,habiendo ingerido previamente bebidas alcoholicas que mermaban sus facultades intelectivas y volitivas.Practicada la preceptiva prueba de alcoholemia esta arrojo un resultado de 0,70 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en la primera medicion,y 0,70 miligramos de alcohol por litro de aire espirado en la segunda medicion.El acusado presentaba síntomas de encontrarse bajo la influencia de bebidas alcoholicas tales como olor a alcohol,rostro sudorosos,ojos brillantes,pupilas...
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