SAP Barcelona 424/2013, 20 de Noviembre de 2013

PonenteJUAN FRANCISCO GARNICA MARTIN
ECLIES:APB:2013:13086
Número de Recurso14/2013
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución424/2013
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA

SECCIÓN DECIMOQUINTA

Rollo núm. 14/2013-2ª

Juicio Ordinario núm. 363/2011

Juzgado Mercantil núm. 5 Barcelona

SENTENCIA núm. 424/2013

Composición del tribunal:

JUAN F. GARNICA MARTÍN

MARTA RALLO AYEZCUREN

JOSÉ MARÍA RIBELLES ARELLANO

En la ciudad de Barcelona, a veinte de noviembre de dos mil trece.

VISTOS en grado de apelación por cimoquintaMercantil número 5 de esta localidad, por virtud de demanda de Freiremar, S.A. contra Florencio, pendientes en esta instancia al haber apelado el demandado la sentencia que dictó el referido Juzgado el día 4 de julio de 2012.

Han comparecido en esta alzada el apelante Florencio, representado por la procuradora de los tribunales Sra. Rosell y defendido por el letrado Sr. Moreno, así como la actora en calidad de apelada, representada por la procuradora Sra. Banqué y defendida por la letrada Sra. Quevedo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: FALLO: Estimar íntegramente la demanda de juicio ordinario promovida por

>>.

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia interpuso recurso de apelación Florencio . Admitido en ambos efectos se dio traslado a la contraparte, que presentó escrito impugnándolo y solicitando la confirmación de la sentencia recurrida, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Sección de Audiencia Provincial30 de octubre pasado.

Actúa como ponente el magistrado Sr. JUAN F. GARNICA MARTÍN.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

1. Freiremar, S.A. ejercitó frente al demandado Sr. Florencio, en su calidad de administrador de la sociedad Multigama, S.L., la acción de responsabilidad del artículo 241 de instó su concurso encontrándose la misma en situación de insolvencia. También invocó el art. 367 LSC en relación con la causa d/ del art. 363.1 del propio Texto legal. 2. a Sentencia, en rebeldía del demandado, estimó íntegramente la demandada frente al demandado. Concretamente, estima que concurren los presupuestos para que deban prosperar ambas acciones de responsabilidad.

  1. Recurre frente a ella el administrador condenado, que expone los siguientes motivos de discrepancia frente al parecer expresado en la resolución recurrida:

  1. ) Ausencia de responsabilidad, ya que no era administrador de la sociedad en el momento en el que se produjeron los hechos.

  2. ) Su carácter de mero administrador formal o de derecho, siendo el verdadero administrador de hecho otra persona.

  3. ) La sociedad conserva un mínimo patrimonio, aunque se encuentre embargado debe ejecutarse antes de dirigirse contra su patrimonio.

  4. ) Indefensión, dado que hasta el momento no le había sido posible preparar de forma adecuada su defensa. También alegó que la demanda era arbitraria y basada en la mala fe de la actora.

SEGUNDO

4. Se limita a afirmar el recurrente que no le puede ser imputada responsabilidad porque no era administrador en el momento de producirse los hechos, pero ni siquiera se preocupa de explicar a qué concretos hechos se refiere, si al de la generación de la deuda o...

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