SAP Barcelona 1001/2013, 2 de Diciembre de 2013

PonenteMARIA DOLORES BALIBREA PEREZ
ECLIES:APB:2013:15418
Número de Recurso95/2013
ProcedimientoAPELACIóN PENAL
Número de Resolución1001/2013
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2013
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 6ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION SEXTA

BARCELONA

ROLLO APELACION Nº 95/2013

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 481/2010

JUZGADO PENAL Nº 3 DE VILANOVA I LA GELTRÚ

S E N T E N C I A Nº

Ilmos. Sres. Magistrados :

Presidente: D. EDUARDO NAVARRO BLASCO

Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ

D. JESÚS IBARRA IRAGÜEN

En Barcelona a dos de Diciembre de dos mil trece.

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Barcelona, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados al margen referenciados, ha visto, en nombre de S.M. El Rey, en grado de apelación el presente Rollo, dimanante del Procedimiento Abreviado seguido por el Juzgado de lo Penal número 3 de los de Vilanova i La Geltrú, al nº 481/2010, por un delito de abandono de familia por impago de pensiones, contra Estanislao, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Laura Arbonés Ojeda y defendido por la Letrada Dña. Francisca Espigares Fernández, cuyas demás circunstancias personales ya obran en autos, actuando el Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acusación pública, estando dicho procedimiento pendiente ante esta Audiencia en virtud de recurso interpuesto por el condenado, contra la Sentencia dictada en primera instancia de fecha 25-07-2012, y siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dña. Mª DOLORES BALIBREA PÉREZ, quien expresa el parecer de la Sala.

A N T E C E D E N T E S D E H E C H O
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que debo condenar y condeno a Estanislao como autor de un delito de impago de pensiones a la pena de tres meses de prisión, con la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo por igual tiempo, y a que indemnice a Petra en la cantidad de 3.085 euros por los impagos que van de febrero de 2009 a febrero de 2010 e intereses legales del 576 LEC, condenándole igualmente al pago de las costas del procedimiento".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia se interpuso por el condenado Recurso de Apelación que fue admitido a trámite, dándose de él traslado a las demás partes, y siendo elevado a esta Sección de la Audiencia Provincial para su resolución.

H E C H O S P R O B A D O S SE ACEPTA la declaración de hechos probados contenida en la Sentencia Apelada, cuyo texto se tiene aquí por reproducido.

F U N D A M E N T O S J U R Í D I C O S

SE ACEPTAN los de la sentencia apelada en cuanto no se opongan a los de la presente resolución.

PRIMERO

El recurso que interpone el condenado se fundamenta en la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, que se desarrolla exponiendo que no ha quedado debidamente acreditado el elemento subjetivo del tipo relativo a la voluntad de no pagar teniendo medios para ello, por ser sus únicos ingresos durante el...

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