SAP Madrid 732/2013, 14 de Octubre de 2013
Ponente | ANA VICTORIA REVUELTA IGLESIAS |
ECLI | ES:APM:2013:16119 |
Número de Recurso | 397/2013 |
Procedimiento | APELACIÓN |
Número de Resolución | 732/2013 |
Fecha de Resolución | 14 de Octubre de 2013 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCIÓN DECIMOQUINTA
ROLLO RP 397/13
PROCEDIMIENTO ABREVIADO NÚM. 293/13.
JUZGADO DE LO PENAL NÚM. 6 de Móstoles.
S E N T E N C I A Nº 732/13
Ilmos/as Sres/as de la Sección Decimoquinta
PRESIDENTE: D. CARLOS FRAILE COLOMA
MAGISTRADO: DÑA ANA REVUELTA IGLESIAS ( ponente)
MAGISTRADO: D. LUIS PELLUZ ROBLES
En Madrid, a 14 de octubre 2013.
Este Tribunal ha deliberado el día de hoy sobre el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora en representación de Damaso contra la sentencia dictada por el Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal nº 6 de Móstoles, el 5 de septiembre de 2013, en la causa arriba referenciada por el que se le condena por un delito de quebrantamiento de pena, siendo parte apelada el Ministerio Fiscal.
Ha sido ponente de la presente sentencia la Ilma Sra Dña ANA REVUELTA IGLESIAS.
ANTECEDENTES PROCESALES
El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "PRIEMRO.- "Resulta probado y así se declara que Damaso, mayor de edad con DNI NUM000,con antecedentes penales a efectos de reincidencia al haber sido condenado por sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº4 de Móstoles de fecha 11 de marzo de dos mil trece, adquiriendo firmeza el cuatro de junio de dos mil trece, el pasado día 15 de julio de dos mil trece, acudió al lugar donde habitualmente reside su ex pareja Matilde
, sito en un bar abandonado en la calle Constitución nº 76 de la localidad de Fuenlabrada, a sabiendas y con conocimiento que le había sido impuesto la prohibición de aproximarse a un radio inferior a 500 metros a Matilde, a su domicilio, lugares de trabajo o cualquier otro frecuentado por la misma, mediante sentencia firme dictada por el Juzgado de violencia sobre la mujer nº 1 de Fuenlabrada, en el juicio inmediato de faltas 13/13, Ejecutoria 3/13, siendo requerido personalmente para su cumplimiento con fecha 25 de enero de dos mil trece.
A la fecha de los hechos, dicha prohibición se encontraba vigente.
El acusado en el momento de los hechos padecía una intoxicación etílica aguda, sin que se haya probado que tuviera sus facultades intelectivas anuladas.
Damaso, se encuentra en prisión provisional por esta causa desde el 15 de julio de dos mil trece." La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: FALLO.- " DEBO CONDENAR Y CONDENO a Damaso, como autor de un delito de quebrantamiento de condena, previsto y penado en el art. 468.1 del Código Penal, con la circunstancia atenuante de embriaguez y la circunstancia agravante de reincidencia, a la pena de NUEVE MESES DE PRISIÓN e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, así como al pago de las costas procesales.
Se mantiene la situación de prisión provisional de Damaso .".
La representación procesal del acusado interesa que se revoque la sentencia y se le absuelva por aplicación de la eximente completa del articulo 20.2 del Código Penal, por encontrarse el recurrente en un estado de intoxicación etílica que le privaba de sus capacidades volitivas y congnitivas.
El Ministerio Fiscal se opuso a la estimación del recurso.
HECHOS PROBADOS
Se aceptan los que constan relatados en la sentencia de instancia.
Insta la representación procesal del acusado la revocación de la sentencia de instancia y solicita que se absuelva al acusado alegando error de hecho en la apreciación de la prueba por cuanto el recurrente presentaba sus facultades...
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