SAP Barcelona 377/2005, 7 de Julio de 2005
Ponente | JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO |
ECLI | ES:APB:2005:14310 |
Número de Recurso | 280/2005 |
Procedimiento | VERBAL - COGNICIóN |
Número de Resolución | 377/2005 |
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN DECIMOSEXTA
ROLLO Nº 280/2005-C
VERBAL núm. 805/2004
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 54 de BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m. 377/2005
Ilmos. Sres.
D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS
D. JORDI SEGUÍ PUNTAS
D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO
En la ciudad de Barcelona, a siete de julio de dos mil cinco.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimosexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 805/2004, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 54 de Barcelona, a instancia de ZURICH ESPAÑA COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. representada por el Procurador D. Jaume Guillem Rodriguez, contra ENDESA DISTRIBUCIÓN ELECTRICA S.L. representada por el Procurador D. Angel Montero Brusell; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de diciembre de 2004, por el/la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando totalmente la demanda interpuesta por ZURICH ESPAÑA COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A. contra ENDESA DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA S.L.U., DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a satisfacer al actor la cantidad reclamada de 1.014,38 euros, más los intereses legales del art. 576 LEC, así como al pago de las costas procesales.".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso en tiempo y forma legal; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día 28 de junio de 2005.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS VALDIVIESO POLAINO.
Se refiere el litigo a daños ocasionados a la asegurada de la demandante en dos equipos (motor de una nevera y aparato de aire acondicionado), que tenía instalados en el bar que regentaba, sito en la calle Pamplona número 91 de Badalona. Se sostiene en la demanda que tales equipos quedaron dañados por consecuencia de sobretensión originada por avería en las líneas de la demandada. Por razón de tales averías y del seguro que Zurich tenía concertado, indemnizó a Dña. Elvira en la cantidad reclamada en este litigio.
La demandada se opuso y el Juzgado estimó íntegramente la demanda, al entender que las alegaciones de que lo ocurrido no era culpa de la demandada no habían sido demostradas.
Argumenta la apelante que no se produjo una avería por culpa suya, sino que tal avería fue interior de los aparatos existentes en el interior del bar asegurado, como lo demuestran las explicaciones dadas por la señora Elvira, tanto en la carta que dirigió a la aseguradora como en su declaración en el juicio. En particular, se insiste en las afirmaciones de la repetida señora según las cuales el interruptor magnetotérmico del local se accionó...
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Causas de exoneración
...precisamente este incumplimiento se produce al no proporcionar los planos que se le solicitan. Se dice, a este respecto, en la SAP Barcelona de 7 de julio de 2005 (JUR 2006/222825):«... los daños que se derivan de las obras de terceros no necesariamente son ajenos a las compañías distribuid......