SAP Almería 417/2000, 24 de Noviembre de 2000
Ponente | BENITO GALVEZ ACOSTA |
ECLI | ES:APAL:2000:1488 |
Número de Recurso | 253/2000 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 417/2000 |
Fecha de Resolución | 24 de Noviembre de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Almería, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 4l7/2000
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
D. BENITO GALVEZ ACOSTA
MAGISTRADOS:
D. JOSE MARIA CONTRERAS APARICIO
Dª SOLEDAD JIMENEZ DE CISNEROS CID
En Almería a veinticuatro de noviembre de dos mil .
La Sección Segunda de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación, rollo Nº 253/2000 , el Procedimiento Abreviado Nº 233/2000 , procedente del Juzgado de Lo Penal Nº 3 de Almería por delito de contra el derecho de los ciudadanos extranjeros , siendo apelante Marco Antonio cuyas circunstancias personales constan en la Sentencia impugnada, representado por Procuradora Dª Rosa Vicente Zapata y defendido por el Letrado D. Miguel Angel Lozano de Cruz, siendo parte el Ministerio Fiscal y Ponente el Ilmo.Sr. Magistrado D. BENITO GALVEZ ACOSTA .
Se aceptan los de la Sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Lo Penal Nº 3 de Almería, en la referida causa se dicto Sentencia de fecha l2-7-2000 , cuyos hechos probados son del tenor literal siguiente: Sobre las 9 horas del día 25 de Mayo de 2.000 fue sorprendido en el paso fronterizo del puerto marítimo de Almería procedente de Nador (Marruecos) el acusado Marco Antonio mayor de edad y sin antecedentes penales, conduciendo el vehículo de su propiedad Peugeot J-5 matrícula .... RN .... , portando en el interior
de la baca, oculto entre unas tablas correctamente atadas a seis ciudadanos de nacionalidad marroquí, entre ellos un menor de edad, que carecían de los necesarios permisos para entrar y permanecer en España, circunstancia conocida por el acusado, que aún a sabiendas de la situación de estas personas, pretendió introducirlas en el territorio español.
Al acusado se le intervino al ser detenido el equivalente de 2.765.069 pesetas. En divisas y 295.000 pesetas.
Dicha Sentencia contiene el siguiente fallo : Que debo condenar y condeno a Marco Antonio como autor de un deltio contra el derecho de los ciudadanos extranjeros del art. 3l8- bis l y 3 del C.P. a la pena de dos años y seis meses de prisión con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de diez meses con cuota diaria de dos mil pesetas, lo que hace un total de 600.000 pesetas que se pagarán de una vez y con cargo al dinerointervenido al acusado, comiso del vehículo intervenido, con imposición...
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