SAP Cuenca 20/2003, 29 de Enero de 2003

PonenteLEOPOLDO PUENTE SEGURA
ECLIES:APCU:2003:44
Número de Recurso294/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución20/2003
Fecha de Resolución29 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Cuenca

SENTENCIA NUM. 20/2003

En la ciudad de Cuenca, a veintinueve de enero del año dos mil tres.

Vistos en trámite de recurso de apelación los autos de juicio declarativo ordinario de menor cuantía número 85/2.000 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número uno de los de San Clemente y su partido, sobre reclamación de cantidad, promovidos a instancia de la entidad mercantil MESSA LA MANCHA, SA., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª Susana Andrés Olmeda y asistida técnicamente por el Letrado Don Ramón Olivenza Gallardo; contra la también entidad mercantil INSTALACIONES Y CONSTRUCCIONES TIRADO, SL., representada por la Procuradora de los Tribunales Dª. María de los Angeles Poves Gallardo y asistida técnicamente por el Letrado Don José Antonio Poveda Valiente; en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia dictada en primera instancia de fecha veintinueve de abril del año dos mil dos, que también resultó impugnada por la parte demandada, y habiendo sido ponente el Iltmo. Sr. Don Leopoldo Puente Segura.

ANTECEDENTES DE HECHO

IEn los autos indicados al margen se dictó sentencia de fecha veintinueve de abril del año dos mil dos en cuya parte dispositiva se establecía, literalmente: "Que estimando parcialmente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Dª. Susana Andrés Olmeda, en nombre y representación de Messa La Mancha, SA. contra Instalaciones y Construcciones Tirado, SL. "Inconti", debo condenar y condeno a estos últimos a que abonen a la actora la cantidad de catorce mil seiscientos diecinueve euros con cuarenta y cinco céntimos (16.619,45 euros), más los intereses legales desde la interpelación judicial. Sin hacer expresa imposición de costas".

II

Contra la anterior sentencia se preparo y después interpuso por la representación de la parte actora recurso de apelación en tiempo y forma, recurso que fue admitido a medio de providencia de fecha veintiséis de julio del año dos mil dos, dándose traslado a la parte contraria para que pudiera presentar escrito de oposición al recurso.

III

Con fecha diez de septiembre del año dos mil dos, Dª María de los Angeles Poves Gallardo, Procuradora de los Tribunales y de Instalaciones y Construcciones Tirado, SL. presentó escrito oponiéndose al recurso de apelación formulado de contrario y, a su vez, impugnando la sentencia recaída en la primera instancia respecto de ciertos extremos.

Con fecha veinticinco de octubre del presente año se dictó providencia por el Juzgado acordando dar traslado de la impugnación formulada a la parte contraria. Con fecha cinco de noviembre del presente año, Dª Susana Andrés Olmeda, Procuradora de los Tribunales y de la mercantil Messa La Mancha, SA. presentó escrito oponiéndose a la impugnación formulada de contrario.

IV

Recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se procedió a formar el correspondiente rollo, asignándosele el número del margen, turnándose ponencia y habiéndose cumplido la totalidad de las previsiones legales, sin que se estimara necesaria la celebración de vista, y 'señalándose para que tuviera lugar la correspondiente deliberación, votación y fallo el siguiente día veintinueve de enero del año dos mil tres.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

No se aceptan los que se contienen en la resolución recurrida.

I

La parte actora en este procedimiento se alza contra la sentencia recaída en la primera instancia por entender que el juzgador a quo habría padecido un error al tiempo de valorar la prueba practicada, considerando que la demanda rectora de este procedimiento debió haber resultado íntegramente estimada, sin que, por ende, se rechazaran los importes correspondientes a los albaranes que no aparecen firmados y que se hallan sin fecha. Así, en la resolución recurrida se señala que desde septiembre del año 1.997 hasta marzo de 1.998, el volumen de transacciones entre las entidades ahora litigantes ascendió a la totalidad de

4.109.217 Ptas., IVA. incluido, --fundamento jurídico...

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