SAP Barcelona 61/2007, 6 de Febrero de 2007

PonenteMIREIA RIOS ENRICH
ECLIES:APB:2007:1959
Número de Recurso396/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución61/2007
Fecha de Resolución 6 de Febrero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE BARCELONA

SECCIÓN CUARTA

ROLLO Nº 396/2006-T

VERBAL Nº 286/2005

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE MANRESA

S E N T E N C I A N ú m. 61/2007

Ilmos. Sres.

D./Dª. VICENTE CONCA PEREZ

D./Dª. AMPARO RIERA FIOL

D./Dª. MIREIA RIOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a seis de febrero de dos mil siete.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 286/2005, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Manresa, a instancia de D/Dª. Jaime, contra GRUPO LOGISTICO TAFISER, S.L.; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 10 de Enero de 2.006, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando la excepción de prescripción de la acción alegada, y ESTIMANDO INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por D. Jaime contra "GRUPO LOGISTICO TAFISER, S.L." debo condenar y condeno al mencionado demandado a abonar a la parte actora la cantidad de 1.294,29 (mil doscientos noventa y cuatro con veintinueve céntimos) euros, todo ello con expresa imposición de las costas procesales causadas en esta instancia a la parte demandada."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 16 de Enero de 2.007.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. MIREIA RIOS ENRICH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En fecha 11 de mayo de 2.004, el demandante DON Jaime, que se dedica a la actividad de transportista, presenta demanda de reclamación de cantidad contra la mercantil GRUPO LOGÍSTICO TAFISER S.L., por importe de 1.294,29 euros, mas los intereses legales y las costas del procedimiento.

El actor expone en su demanda que la mercantil GRUPO LOGÍSTICO TAFISER S.L., le encargó en el mes de junio de 2.003, la realización de una serie de viajes que se concretan y detallan en la factura número 248, de 30 de junio de 2.003, por importe de 1.249,29 euros, sin que la demandada haya atendido los requerimientos de pago efectuados.

La parte demandada GRUPO LOGÍSTICO TAFISER S.L., se opone a la demanda presentada, alegando que no adeuda cantidad alguna a quien ha incumplido sus obligaciones contractuales, ocasionando daños y perjuicios a la demandada. Además, alega que la acción de reclamación que se ejercita está prescrita, de conformidad con el artículo 951 del Código de Comercio.

Celebrado juicio verbal, en el que sólo se admite prueba documental, la Sra. Juez de Primera Instancia dicta sentencia en la que, tras razonar que el actor se dedica a la actividad de transportista, y que sus servicios fueron contratados por la mercantil demandada para realizar una serie de trasportes, concluye que dichos transportes se realizaron en un vehículo propiedad de la demandada GRUPO LOGÍSTICO TAFISER S.L., y que por ello, resulta evidente, en el presente supuesto, que nos encontramos ante un arrendamiento de servicios entre las partes, y no ante un contrato de transporte, por lo que no resulta de aplicación el artículo 951 del Código de Comercio, y en consecuencia, no resulta aplicable el plazo de prescripción de seis meses, por lo que debe desestimarse la excepción planteada.

En cuanto al fondo del asunto, valorada la documental aportada y obrante en autos, y no negándose la realización de los portes, que han quedado acreditados, estima la demanda con imposición de costas a la parte demandada.

La demandada GRUPO LOGÍSTICO TAFISER S.L. presenta recurso de apelación en el que alega: a) prescripción de la acción ejercitada y b) error en la valoración de la prueba: por cuanto la actora reconoció en el acto del juicio que la tractora era de su propiedad; no puede admitirse que nos hallemos ante un contrato...

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