SAP Ávila 378/2000, 4 de Noviembre de 2000

PonenteMARIA TERESA DEL CASO JIMENEZ
ECLIES:APAV:2000:541
Número de Recurso418/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución378/2000
Fecha de Resolución 4 de Noviembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

SENTENCIA N U M: 378/00

SEÑORES DEL TRIBUNAL

ILTMO. SR. PRESIDENTE

DON EMILIO RAMON VILLALAIN RUIZ

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS

DON JESUS GARCIA GARCIA

DOÑA Mª TERESA DEL CASO JIMENEZ

En la Ciudad de Avila a 4 de noviembre de 2000.

Vistos ante esta Ilustrísima Audiencia Provincial en grado de apelación los autos de Juicio de COGNICIÓN número 21/00 del Juzgado de Primera Instancia núm 3 de Avila, Rollo número 418/00; seguidos entre partes, de una como apelante/s demandante D Rodolfo , dirigido por el Letrado Dª. Yolanda Vazquez Sánchez, y de otra como apelado Empresa AVITRANS URGENTE SL, dirigida por el Letrado D. Juan José Carlos Martín; habiendo actuado como Ponente la Iltma Sra Magistrado Suplente Dª Mª TERESA DEL CASO JIMENEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia núm 3 de Avila, se dictó Sentencia de fecha 3 de julio de 2.000, en el procedimiento indicado, cuya parte disposi- tiva literalmente dice: "FALLO: Que estimando parcialmente la demanda presentada por D Rodolfo representado por el Procurador D Jesús Fernando Tomás Herrero y defendido por la Letrada Dª Yolanda Vazquez Sánchez contra la entidad mercantil Avitrans Urgente SL representada por el Procurador D José Antonio García Cruces y defendida por el Letrado D. Juan José Calvo Martín: A) Condeno a la demandada la entidad mercantil Avitrans Urgente SL a pagar a la parte actora D. Rodolfo la suma de cuatro mil pesetas (4.000 pts) así como el interés legal del dinero incrementado en dos puntos de la citada suma desde la fecha de la presente sentencia hasta que sea totalmente ejecutada.-B) No se hace especial pronunciamiento sobre las costas causadas".

SEGUNDO

Contra mencionada resolución, interpuso la parte demandante recurso de apelación y, admitido en ambos efectos con traslado de la copia del escrito a la otra parte personada de conformidad concuanto se dispone en el art. 734 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se remitieron los autos originales a ésta Audiencia Provincial, dando lugar a la formación del presente rollo, no habiéndose solicitado por ninguna de las partes la practica de prueba en esta instancia ni celebrado vista pública.

TERCERO

En la tramitación del presente recurso se han observado y cumplido todas las prescripciones de carácter legal.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se ejercita por el actor, Don Rodolfo , una acción de reclamación de cantidad -760.000 pesetas- contra la sociedad demandada transportista AVITRANS URGENTE S.L., como consecuencia de la pérdida de un bulto, que según manifiesta contenía setenta y seis diapositivas de naturaleza. La parte demandada contesta a la demanda aceptando la pérdida del bulto, alegando que desconocía el contenido del mismo, y que procedió a tramitar la correspondiente indemnización a Editorial Planeta S.A. en base a la reclamación por extravío presentada por esta entidad mercantil, calculando la cantidad a indemnizar de conformidad con máximos pactados en acuerdo comercial, que en este caso ascendía a 4.000 pesetas por kilogramo del peso consignado, siendo este el peso del bulto. La sentencia de primera instancia estima parcialmente la demanda condenando a la demandada la entidad mercantil AVITRANS URGENTE S.L. a pagar a la parte actora Don Rodolfo la suma de 4.000 pesetas - suma que fue pagada por error imputable exclusivamente a la parte demandada a persona distinta del acreedor- así como el interés legal del dinero incrementado en dos puntos de la citada suma desde la fecha de dicha sentencia hasta que sea totalmente ejecutada. Contra dicha resolución se alza la representación procesal de la parte actora alegando, que la limitación de indemnización que la legislación en materia de transportes prevé no entra en juego en los casos en que el consignatario desconoce esas...

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