SAP A Coruña 115/2006, 17 de Marzo de 2006

PonenteANTONIO PILLADO MONTERO
ECLIES:APC:2006:544
Número de Recurso437/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución115/2006
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - A Coruña, Sección 6ª

SENTENCIA NÚM.115/06

Ilmos. Sres. Magistrados:

ANGEL PANTIN REIGADA -PresidenteLEONOR CASTRO CALVO

ANTONIO PILLADO MONTERO

En Santiago de Compostela, a diecisiete de Marzo de dos mil seis.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 006 de la Audiencia Provincial de LA CORUÑA/A CORUÑA, los Autos de DIVISION HERENCIA 0000233 /2003, procedentes del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de RIBEIRA , a los que ha correspondido el Rollo 437 /2005, en los que aparecen como parte apelante Dª Lidia , representada por el procurador D. SANTIAGO GOMEZ MARTIN, y como apelado

D. Pedro Jesús , representado por la procuradora D. Mª RITA GOIMIL MARTÍNEZ, como demandado

D. Alvaro , sobre división judicial del patrimonio, y siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO PILLADO MONTERO, quien expresa el parecer de la Sala en los siguientes Antecedentes de Hecho, Fundamentos de Derecho y Fallo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 2 de RIBEIRA , por el mismo se dictó sentencia con fecha 22 de abril de 2005 , cuyo Fallo es del tenor literal siguiente:"Desestimando íntegramente la impugnación del cuaderno particional de la herencia de Diego elaborado por el contador Sr. Juan Ignacio , promovida por la representación de Lidia , debo aprobar y apruebo el cuaderno particional invocado, con imposición a la impugnante de las costas derivadas de esta impugnación". Notificada dicha resolución a las partes, por Lidia se interpuso recurso de apelación, y cumplidos los trámites correspondientes, se remitieron los autos originales del juicio a este Tribunal donde han comparecido los litigantes, sustanciándose el recurso en la forma legalmente establecida ycelebrándose la correspondiente deliberación, votación y fallo el 10 de marzo de 2006.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la sentencia apelada; y

PRIMERO

La causante de la herencia cuya partición es objeto del presente procedimiento, Doña Diego , mejoró a su hijo Pedro Jesús en dos tercios, y le impuso "la condición de tener en su compañía, cuidar, asistir y atender, alimentándolas y vistiéndolas, a la testadora y a la hija de ésta Carolina ". Pedro Jesús falleció antes que la testadora dejando dos hijos, Doña Lidia y Don Pedro Jesús . La primera, promovente del procedimiento, afirma que ella cumplió dicha condición y que, por consecuencia de la sustitución vulgar dispuesta en el testamento, aquella mejora le corresponde solo a ella. E impugna la partición realizada por el contador nombrado de mutuo acuerdo por los interesados, Don Juan Ignacio , porque la adjudicó a ambos hijos de Pedro Jesús , a partes iguales. Desestimada la pretensión por el Juzgado, interpone el presente recurso en el que reproduce esa alegación.

Dejando aparte la cuestión de que tal pretensión de la impugnante excede de las facultades propias del contador, que son, en síntesis, las de "contar y partir", puesto que no ha sido planteada en el recurso, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  1. En principio, por...

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