SAP Baleares 138/2007, 25 de Julio de 2007

PonenteMARGARITA BELTRAN MAIRATA
ECLIES:APIB:2007:1205
Número de Recurso204/2006
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución138/2007
Fecha de Resolución25 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Baleares, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 138/07

ILMOS/AS SRES/AS MAGISTRADOS

Dª MARGARITA BELTRAN MAIRATA

D. CARLOS IZQUIERDO TÉLLEZ

D. MIGUEL ÁNGEL ARBONA FEMENIA

En PALMA DE MALLORCA A, 25 de julio de 2007.

La AUDIENCIA PROVINCIAL DE PALMA DE MALLORCA, Sección Primera, compuesta por la Ilma. Sra. Presidente Dª MARGARITA BELTRAN MAIRATA y el/la Ilmo/a. Sr./a Magistrado/a CARLOS IZQUIERDO TÉLLEZ y MIGUEL ÁNGEL ARBONA FEMENIA, ha entendido en la causa registrada como Rollo nº 204/06, en trámite de APELACIÓN contra Sentencia, seguida ante el Juzgado de lo penal nº 5 de Palma de Mallorca, en base a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. -/ En la causa registrada ante el mencionado Juzgado y con la fecha indicada, recayó Sentencia cuya parte dispositiva dice: "Que debo condenar y condeno a Juan Ignacio como autor responsable de un contra la seguridad del tráfico sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal a la pena de siete meses multa a razón de seis euros/día con responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago y un año y un mes de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores y como autor de un delito de desobediencia a agentes de la autoridad a la pena de seis meses de prisión, así como al pago de las costas procesales causadas en esta instancia. Se reservan las acciones civiles que correspondieran a Celestina . Hágase abono al condenado del tiempo durante el cual haya estado privado de libertad por esta causa".

  2. -/ Contra la meritada sentencia se interpuso recurso de apelación por: Juan Ignacio , actuando como Procurador en su representación MAGADELENA DARDER BALLE, con asistencia Letrada de CARLOS E. PORTALO PRADA; siendo parte apelada: EL MINISTERIO FISCAL.3º.-/ Producida la admisión del recurso por entenderse interpuesto en tiempo y forma, se confirió el oportuno traslado del mismo a las restantes partes que fue utilizado para su impugnación por el Ministerio Fiscal.

    Remitidas, y recibidas las actuaciones en esta Audiencia Provincial se verificó reparto con arreglo a las disposiciones establecidas para esta Sección Primera , señalándose para la deliberación, quedando la causa pendiente de resolución.

  3. -/ En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, expresando el parecer de la Sala como Magistrado Ponente S.Sª. Ilma. Dª. MARGARITA BELTRAN MAIRATA.

    HECHOS PROBADOS

    Devuelto el conocimiento pleno de lo actuado a esta Sala, procede declarar y declaramos como hechos probados los recogidos en la sentencia recurrida que se aceptan y dan por reproducidos.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I./ Condenado Juan Ignacio por delito contra la Seguridad del Tráfico, su representación procesal interpone recurso de apelación que sustenta en el error en la valoración de la prueba incidente en aplicación indebida del art. 379 del C. Penal ante la inexistencia de conducción por vía pública y ante la inexistencia de riesgo para la seguridad del tráfico.

Al efecto se arguye que la única maniobra que realizó el acusado fue la de desaparcar su vehículo, momento en que se dio cuenta de su incapacidad para conducir, por lo que se decidió a reintegrar el vehículo donde estaba y momento en que dañó los vehículos...

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