SAP Valencia 311/2014, 12 de Mayo de 2014

PonenteOLGA CASAS HERRAIZ
ECLIES:APV:2014:1698
Número de Recurso243/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución311/2014
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 10ª

ROLLO Nº 000243/2014

SECCIÓN 10ª

SENTENCIA nº.311/2014

Ilustrísimos Sres .:

Presidente:

D JOSE ENRIQUE DE MOTTA GARCIA ESPAÑA

Magistrados/as:

D CARLOS ESPARZA OLCINA

En Valencia, a doce de mayo de dos mil catorce

Vistos ante la Sección Décima de la Iltma. Audiencia Provincial de Valencia, en grado de apelación, los autos de Modificación Medidas Contencioso nº 000798/2013, seguidos ante el JUZGADO DE INSTANCIA 5 DE TORRENT(ANT. MIXTO 8), entre partes, de una como demandante apelante, Carlos Francisco representado por la Procuradora Dª. MARGARITA GUTIERREZ BERLANGA y defendido por la Letrada D ªANTONIA ELBAL FERNANDEZ y de otra como demandada apelante y apelada, Isabel, representada por la Procuradora Dª ISABEL BALLESTER GOMEZ y defendido por la Letrada Dª PILAR SERRANO SANCHEZ . Y siendo parte el Ministerio Fiscal

Es ponente la Ilmoa. Sra. Magistrada Dª.OLGA CASAS HERRAIZ .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En dichos autos por el Iltmo. Sr. Juez del JUZGADO DE INSTANCIA 5 DE TORRENT(ANT. MIXTO 8), en fecha 05/12//2013, se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:"Que con ESTIMACION PARCIAL de la demanda de modificación de medidas interpuesta a instancia de Carlos Francisco representado por el Procurador Sr. GUTIERREZ BERLANGA, MARGARITA contra Isabel representado por el Procurador Sr. BALLESTER GOMEZ, ISABEL DEBO ACORDAR Y ACUERDO que la pensión de alimentos para los hijos menores quede fijada en la suma de 320 euros (160 euros por hijo), manteniéndose en lo demás las medidas establecidas en la sentencia de MODIFICACION DE MEDIDAS de DIVORCIO dictada en este Juzgado el 17 DE ABRIL DE 2012 e en los autos 1397/11 seguidos en este juzgado

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia por la representación procesal de la parte demandada y demandante se interpuso recurso de apelación, y verificados los oportunos traslados a las demás partes para su oposición al recurso o impugnación a la sentencia se remitieron los autos a esta Secretaría donde se formó el oportuno rollo, señalándose el día 07/05/2014 para la deliberación, votación y fallo del recurso, sin celebración de vista, al no haberse considerado necesaria ésta ni practicado prueba.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El recurso formulado por la Procuradora Sra. Ballester Gómez, en nombre y representación de Isabel combatía la sentencia recaída en la instancia únicamente respecto del quantum en el que fija la pensión por alimentos. La sentencia recurrida fijaba en 160.-#/hijo la cuantía de la pensión por alimentos. El recurso, razonaba que en 2012 instó el ahora demandante demanda de modificación de medidas, interesando la custodia compartida de los menores o bien la reducción de la pensión por alimentos de los hijos comunes, dictándose sentencia en fecha 17 de abril de 2012 que redujo el importe de la pensión por alimentos a 540.-#/ mes (270.-#/mes por hijo); nuevamente en Julio de 2013, el Sr. Carlos Francisco ha instado demanda de modificación de medidas, fundándose en una variación sustancial de las circunstancias económicas, pues está desempleado desde el 8 de mayo 2013 percibiendo una prestación de 707'28.-# por seis meses que posteriormente se reducirá.

Señala la recurrente que ya en diciembre de 2012, antes de quedar desempleado redujo el abono de la pensión a 150.-#/mes -para ambos hijos-, incide la recurrente en la inmediatez de la interposición de la demanda de modificación de medidas -menos de un mes desde que quedó en desempleo- . Añade que la situación económica no es ni definitiva ni prolongada en el tiempo, no pudiendo servir de base para la modificación de medidas.

La situación de la recurrente es desempleada desde el 20 de febrero de 2010. Alega la concurrencia de error en la valoración de la prueba, el que pone en conexión con el informe de detectives aportado a autos. . El detective señaló que el actor tenía horario y rutina propios de de persona que se encuentra trabajando, el propio detective manifestó que el actor, tras salir de los establecimiento rellenaba unas fichas en las que constaba "hoja de encargo"; considera la recurrente inverosímil el testimonio del...

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