SAP Granada 41/2001, 30 de Enero de 2001

PonenteANTONIO MASCARO LAZCANO
ECLIES:APGR:2001:214
Número de Recurso217/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución41/2001
Fecha de Resolución30 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 3ª

SENTENCIA N U M.- 41

ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE

D. ANTONIO GALLO ERENA

MAGISTRADOS

D. ANTONIO MASCARO LAZCANO

D. FERNANDO TAPIA LOPEZ

En la Ciudad de Granada a treinta de Enero de dos mil uno.

La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, constituida con los Iltmos. Sres al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo 217/00- los autos de Juicio de Menor Cuantía (Tercería de Dominio) número 66/97 del Juzgado de Primera Instancia número dos de Granada, seguidos a virtud de demanda de Dña. Filomena , representada en esta alzada por la Procuradora Sra. Rubia Ascasibar y defendida por el Letrado D. Pedro Rodríguez Maciol, contra Inmobiliaria Avila Rojas representada por la Procuradora Sra. Labella Medina y defendida por el Letrado D. Javier Molina Caballero; así como conta Dña. Rosario declarada en rebeldía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que, por el mencionado Juzgado se dictó sentencia de fecha veinticinco de Noviembre de mil novecientos noventa y siete, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "Desestimando la demanda interpuesta por el Procurador Dña. Josefa Rubia Ascasibar, en nombre y representación de Dña. Filomena , contra la Cia. Mercantil Parque del Genil, S.A., y Dña. Rosario , debo declarar y declaro no haber lugar al levantamiento del embargo causado sobre la finca descrita en el hecho segundo de la demanda, en el Juicio Ejecutivo num. 729/92 de este Juzgado, con expresa imposición de las costas procesales a la parte actora.".

SEGUNDO

Que, substanciado y seguido el presente recurso por sus trámites en virtud de apelación interpuesta por la parte demandante, en el acto de la vista su Letrado interesó la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra conforme al suplico de su escrito de demanda, y el Letrado del apelado solicitó la confirmación de la sentencia apelada por sus propios fundamentos; con costas al recurrente.

TERCERO

Observadas las prescripciones legales de trámite, en esta alzada.

Siendo Ponente en las presentes actuaciones, el Magistrado Iltmo. Sr. D. ANTONIO MASCARO LAZCANO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Tal y como tiene declarado el Tribunal Supremo, entre otras, en sentencia de 19-2-1.992, como indica la sentencia de 21 de Junio de 1.982, la titularidad dominical es presupuesto inexcusable para el éxito de la acción de la tercería de dominio, y la constante doctrina de la Sala la ha declarado que el término...

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