SAP Granada 365/2001, 14 de Mayo de 2001
Ponente | FERNANDO TAPIA LOPEZ |
ECLI | ES:APGR:2001:1108 |
Número de Recurso | 860/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 365/2001 |
Fecha de Resolución | 14 de Mayo de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCION TERCERA
ROLLO - 860/00 - AUTOS 396/97
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N° OCHO DE GRANADA
ASUNTO: MENOR CUANTIA
PONENTE SR. FERNANDO TAPIA LOPEZ.-SENTENCIA N U M.-365
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D. CARLOS JOSE VALDIVIA PIZCUETA
MAGISTRADOS
D. ANTONIO GALLO FRENA
D. FERNANDO TAPIA LOPEZ
En la Ciudad de Granada, a catorce de Mayo de dos mil uno.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres al margen relacionados ha visto en grado de apelación - 860/00 - los autos de Juicio de menor cuantía número 396/97 del Juzgado de Primera Instancia número Ocho de Granada, seguidos a virtud de demanda de LA FOU S.A. representada en esta apelación por la Procuradora Dª. Paz García de la Serrana y defendido por el Letrado
D. Antonio Aguilar Plans, contra Ángel Jesús , representado por el Procurador D. Carlos Pareja Gila y defendida por el Letrado D. Francisco Javier Ortega Pardo, y contra Tejidos Gel S.L. declarado en rebeldía.
Que, por el mencionado Juzgado se dictó sentencia en fecha veintiuno de Septiembre de mil novecientos noventa y nueve, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimando la demanda formulada por el Procurador Dª. Mª. Paz García de la Serrana Ruiz, en representación de la entidad La Fou, S.A., contra Tejidos Gel, S.L., declarado el rebeldía en estas actuaciones y contra D. Ángel Jesús , representado por el Procurador D. Carlos Pareja Gila, debo condenar y condeno solidariamente a los demandados a que paguen a la actora la suma de ONCE MILLONES QUINIENTAS MIL QUINIENTAS OCHENTA Y SEIS PESETAS (11.500.586 pesetas), sus intereses legales desde el día 9 de noviembre de 1996 en cuanto a la mercantil demandada, y desde la interpelación judicial en cuanto al demandado Sr. Ángel Jesús , así como las costas procesales.
Que, substanciado y seguido el presente recurso por sus trámites en virtud de apelación interpuesta por la parte demandado, en el acto de la vista su Letrado interesó la revocación de la sentencia apelada, dictándose otra que recoja sus peticiones del suplico de su escrito de contestación a la demanda con costas; y por el Letrado de la parte apelada, se solicitó la confirmación de la sentencia apelada por sus propios fundamentos; con costas al recurrente.
Observadas las prescripciones legales de trámite, en esta alzada.
Siendo Ponente en las presentes actuaciones, el Magistrado Iltmo. Sr. D. FERNANDO TAPIA LOPEZ.
Al insistirse en esta alzada sobre la prescripción en su día alegada, se hace necesario resolver de forma prioritaria la procedencia o no de tal excepción, pues su estimación, conduciría inexorablemente a no tener que entrar en el conocimiento del fondo de la cuestión debatida; a más de aceptar y asumir este Tribunal íntegramente los razonamientos que contiene la resolución recurrida sobre tal extremo, es de resaltar que si bien en los fundamentos de derecho que se exponen en la demanda se cita expresamente...
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