SAP Barcelona 581/2004, 11 de Junio de 2004

PonenteJESUS MARIA BARRIENTOS PACHO
ECLIES:APB:2004:7743
Número de Recurso198/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución581/2004
Fecha de Resolución11 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 8ª

SENTENCIA nº 581

En Barcelona, a once de junio de dos mil cuatro.

VISTOS, en nombre de S.M. el Rey, ante esta Sección Octava de esta Audiencia Provincial, el rollo de apelación penal número 198/2004, formado para substanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el día 8 de febrero de 2004 por el Juzgado de lo Penal nº 23 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 50/2004, seguido por un delito contra la salud pública contra Juan Miguel ; siendo parte apelante el acusado dicho, y parte apelada el Ministerio Fiscal.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal Don Jesús M. Barrientos Pacho, quien expresa así el criterio unánime del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Por el Juzgado de lo Penal nº 23 de Barcelona con fecha 8 de febrero de 2004 se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado del margen, en cuya parte dispositiva literalmente se dice: "Que debo condenar y condeno a Juan Miguel , como autor responsable de un delito contra la salud pública, previsto y penado en el artículo 368 del Código Penal de 1995 , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de trece meses de prisión, con accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y a la pena de multa de ochenta euros, con tres días de arresto sustitutorio para caso de impago, y al pago de las costas causadas en el proceso. Se sustituye la pena privativa de libertad por la expulsión del acusado del territorio nacional por tiempo de diez años o al menos, en tanto no prescriba la pena impuesta. En el supuesto de que laexpulsión no pudiese llevarse a la práctica por existir otras responsabilidades deberá de cumplir la pena privativa de libertad inicialmente impuesta. Se acuerda el archivo de cualquier procedimiento administrativo que tuviere por objeto la autorización para trabajar o residir en España. Se decreta el comiso y destrucción de la sustancia intervenida al acusado.".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación del acusado Juan Miguel , en cuyo escrito interesó la revocación de la sentencia recurrida y en su lugar se dicte otra absolutoria para el recurrente en los mismos términos que ya interesó en las conclusiones definitivas formuladas en el acto del juicio oral; y una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo a las demás partes para que, por el término legal, formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a sus respectivos derechos, trámite que fue evacuado con el resultado que consta en las actuaciones, siendo éstas remitidas con posterioridad a esta Sección de la Audiencia Provincial, donde, sin más trámite, quedaron los autos para sentencia.

TERCERO

Se admiten y dan expresa e íntegramente por reproducidos los...

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