SAP Teruel 16/2002, 28 de Junio de 2002

PonenteFERMIN FRANCISCO HERNANDEZ GIRONELLA
Número de Recurso21/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución16/2002
Fecha de Resolución28 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Teruel

SENTENCIA N° 16

Ilmos. Señores

PRESIDENTE

D. José Antonio Ochoa Fernández

MAGISTRADOS:

D. Fermín Hernández Gironella

De. María Teresa Rivera Blasco

En la Ciudad de Teruel a veintiocho de Junio de dos mil dos.

La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto por los Magistrados anotados al margen ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Penal de la Provincia de Teruel fecha veintiocho de Mayo de dos mil dos, recaída en autos de Procedimiento Abreviado número 75/2002, procedentes del Juzgado de Instrucción de N° 2 de Teruel, seguidos por un presunto delito contra la seguridad del tráfico contra Aurelio . Ha sido parte apelante en el presente recurso el acusado D. Aurelio , representado en esta instancia por el Procurador D. Manuel Angel Salvador Catalán y defendido por el letrado D. Alfonso Martín Herrero, y apelado el Ministerio Fiscal, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Fermín Hernández Gironella, que expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. Con fecha veintiocho de Mayo de dos mil dos, el Juzgado de lo Penal de la Provincia de Teruel dictó sentencia, en autos de Procedimiento Abreviado 75/2002, procedentes del Juzgado de Instrucción N° 2, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Aurelio autor penalmente responsable de un delito contra la seguridad del tráfico, en su modalidad de conducción de vehículo de motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, previsto y penado en el art. 379 del Código Penal, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de multa de cinco meses, con cuota diaria de seis euros, estableciéndose el régimen de responsabilidad personal subsidiaria establecido en art. 53 del C. Penal para el caso de impago o insolvencia, y a la pena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo de un año y seis meses. Se imponen al acusado las costas del procedimiento. Por vía de responsabilidad civil el acusado indemnizará al Excmo. Ayuntamiento de Teruel en la cantidad que se acredite en ejecución de sentencia por los daños ocasionados en la vía pública."II.- Contra la referida sentencia se interpuso recurso de apelación en tiempo y forma por la representación del acusado D. Aurelio , quien interesó la revocación de la sentencia recurrida interesando se dictase otra por la que se le absolviese del delito y falta por el que venía condenado.

  2. En Providencia del Juzgado de lo Penal, de fecha seis de Junio de dos mil dos, se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado por diez días al Ministerio Fiscal, evacuando dicho traslado en escrito de fecha doce de Junio siguiente, en el que impugnaba el recurso interesando la desestimación del mismo y la confirmación de la resolución recurrida.

  3. Elevadas las actuaciones a este Tribunal, que las recibió en fecha veintiuno de Junio de dos mil dos, se acordó la formación del oportuno rollo y la designación de Magistrado Ponente; y no habiéndose solicitado la...

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