SAP Segovia 131/2004, 30 de Junio de 2004

PonenteSUSANA SACRISTAN DEA
ECLIES:APSG:2004:246
Número de Recurso118/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución131/2004
Fecha de Resolución30 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Segovia, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 131 / 2004

C I V I L

Recurso de apelación

Número 118 Año 2004

Ejecución Provisional

Número 8 Año 2004

Juzgado de 1ª Instancia de

S E G O V I A Nº 2

En la Ciudad de Segovia , a treinta de junio de dos mil cuatro.

La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. D. Andrés Palomo del Arco, Pdte.; Mª José Villaláín Ruiz, Dª Susana Sacristán Dea, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de D. Augusto , mayor de edad, con domicilio en Segovia, C/ DIRECCION000 , nº NUM000 , contra ROYAL&SUNALLIANCE SEGUROS, (HOY SEGUROS LIBERTY), con domicilio social en Madrid, C/ Obenque, nº 2, sobre ejecución provisional, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como apelante, el demandante, representado por la Procuradora Sra.Pérez García y defendido por el Letrado Sr. Martín Tapias, y la demandada-apelada, representada por la Procuradora Sra. Crespo Aguilera y defendida por el Letrado Sr. Denigra Galan y en el que ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Suplente Dª Susana Sacristán Dea.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia de Segovia, nº 2, con fecha nueve de junio de dos mil tres, fue dictado Auto que, en su parte dispositiva, literalmente dice : DISPONGO: Que debo estimar la impugnación formulada por la representación de Royal Sun Alliance Seguros, hoy Liberty Seguros, contra la liquidación de intereses presentada por la representación de don Augusto , declarando procedente la aplicación del interés al tipo legal incrementado en el 50 por 100 desde la fecha del accidente el seis de diciembre de dos mil hasta el seis de diciembre de dos mil dos, y del tipo del 20% a partir de esa fecha hasta el treinta y uno de enero dos mil tres en que se ordena la entrega de la cantidad consignada a la actora."

SEGUNDO

Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de el demandante, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientos que se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil , dándose traslado a la adversa y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo, se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado rollo, y personadas las partes en tiempo y forma se señaló fecha para la deliberación y fallo del citado recurso; los cuales fueron celebrados; quedando las actuaciones conclusas para resolver.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso de apelación, interpuesto por la representación del...

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