SAP Toledo 510/2000, 12 de Diciembre de 2000

PonenteMANUEL GUTIERREZ SANCHEZ-CARO
ECLIES:APTO:2000:1217
Número de Recurso27/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución510/2000
Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 2ª

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación civil, Rollo de la Sección núm. 27 de 2,000, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 2 de Illescas, en el juicio de Menor Cuantía núm. 38/99 , sobre reclamación de cantidad, en el que han actuado, como apelante la E.U.C.C. URBANIZACION LOS CISNEROS III, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Dorrego Rodríguez y defendida por el Letrado Sr. Salaeche y Bielsa y como adherida al recurso la mercantil GRANJA EL REGUERO, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales Sra. Gómez Calcerrada y defendida por el Letrado Sr. Gómez González.

Es Ponente de la causa el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL GUTIÉRREZ SÁNCHEZ CARO, que expresa el parecer de la Sección, y son,

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 2 de Illescas, con fecha 7 de diciembre, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que estimando la excepción de falta de legitimación pasiva, formulada por el Procurador Don José Pablo García Hospital en representación de Granja el Reguero, S.A., contra la demanda de reclamación de cantidad por impago decuotas de participación de comunidad y obras, interpuesta por la Procuradora Doña Teresa Dorrego Rodríguez, en representación de Entidad Urbanística Colaboradora de Conservación "Urbanización Los Cisneros-Polígono III". Declaro no haber lugar a entrar a conocer de la cuestión de fondo planteada, al no estar correctamente constituida la relación jurídico procesal, todo ello sin hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas".-SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por ambas partes, dentro del término establecido, se interpuso recurso de apelación, y personadas las partes se formó el oportuno rollo, adhiriéndose al recurso la demandada, el que siguiendo por sus trámites a dado lugar a la celebración del correspondiente juicio, donde la parte apelante ha solicitado la revocación de la sentencia de instancia y que se dictara otra por al que se rechazara la excepción de falta de legitimación, en tanto que el apelado instaba su confirmación y como adherido que se le condenara en las costas de la primera instancia.-SE REVOCAN los fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto no se entienden ajustados a derecho y en todo lo que contradigan a la presente resolución, si bien se ratifican los antecedentes de hecho, que relatan la dinámica procesal, por lo que, en definitiva, son

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

No comparte la Sala la resolución dictada en la instancia, que niega la legitimación pasiva a la titular registral de la parcela litigiosa, Rancho NUM000 , ubicada en la EUCC. Los Cisneros, la mercantil Granja El Reguero S.A., aduciendo que la actora conocía y tenía asumido que Dª. Alicia era la propietaria de la misma, por así deducirse de la confesión judicial del DIRECCION000 de la EUCC., que se había dirigido a la misma en distintas ocasiones y por dispares motivos atinentes al desarrollo de la Entidad; y ello en cuanto en la instancia no se lleva a cabo una correcta interpretación del art. 9.1, e) de la Ley de Propiedad Horizontal , aquí aplicable, en relación con el contrato que se aporta (doc. 2 de la contestación) por la mercantil demandada, y todo ello sin perjuicio de las relaciones entre esta y la aludida Sra. Alicia , así como de la posible facultad de repetición que pudiera competerle

En principio, negada por la demandada en el acto de la vista la...

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