SAP Valencia 14/2007, 17 de Enero de 2007

PonenteGONZALO MARIA CARUANA FONT DE MORA
ECLIES:APV:2007:319
Número de Recurso734/2006
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución14/2007
Fecha de Resolución17 de Enero de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia

SENTENCIA NÚM.: 14/07

Ilustrísimos Sres.:

MAGISTRADOS

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª MARIA ANTONIA GAITON REDONDO

Dª PURIFICACIÓN MARTORELL ZULUETA

En Valencia a diecisiete de enero de dos mil siete.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente, la Ilma. Sra. Magistrado Ponente DON/ DOÑA GONZALO CARUANA FONT DE MORA, el presente rollo de apelación número 000734/2006, dimanante de los autos de Juicio Ordinario - 000380/2003, promovidos ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE CARLET, entre partes, de una, como apelante a DANZAS SA, representado por el Procurador de los Tribunales ELENA HERRERO GIL, y de otra, como apelados a INEMA INGENIEROS ASESORES SL, representado por el Procurador de los Tribunales EVA DOMINGO MARTINEZ, en virtud del recurso de apelación interpuesto por DANZAS SA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado de Primera Instancia de JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 1 DE CARLET en fecha 28/4/06 , contiene el siguiente FALLO: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la entidad Inema Ingenieros Asesores S.L. debo condenar y condeno a la entidad mercantil Danzas S.A. a abonar a la actora la cantidad resultante de aplicar las reglas establecidas en los preceptos 22.2 y 22.5 del Convenio de Varsovia, es decir 17 derechos especiales de giro, a calcular conforme al artículo 22.5 por 12 Kilogramos. Mas 29631,8 €, con los intereses legales correspondientes. Debiendo cada una de dichas entidades, satisfacer las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por DANZAS SA, dándose el trámite previsto en la Ley y remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.

TERCERO

Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La entidad INEMA Ingenieros Asesores SL contrató con la entidad Danzas SA untransporte internacional de mercancías desde Valencia hasta Torino y como dicha mercancía fue extraviada reclama en el procedimiento al amparo del Convenio de Varsovia en concepto de daños y perjuicios 31.478 ,57 euros y con apoyo en el Código Civil 29.613 ,8 euros.

La sentencia del Juzgado Primera Instancia Carlet 1 estima parcialmente la demanda y condena a Danzas SA por aplicación del Convenio de Varsovia en el resultado de multiplicar 12 kilogramos por 17 Derechos Especiales de Giro y además en 29.631,8 euros por daños en aplicación del Código Civil.

Se interpone recurso de apelación por la demandada Danzas SA alegando el error del Juzgador al no ser viable el ejercicio conjunto de las acciones entabladas por la demandante, basadas en la reclamación de daños tanto en la normativa del Convenio de Varsovia como del Código Civil, pues rige de forma exclusiva el Convenio citado, invocando diversa cita jurisprudencial, razones por las cuales pide la revocación de la sentencia del Juzgado Primera Instancia en cuanto al pronunciamiento de condena de 29.631 ,8 euros, manteniéndose el aplicado por el Convenio de Varsovia y como la cantidad resultante por esta vía ya fue ofrecida a la demandante que no la admitió se impongan a la actora las costas del procedimiento.

SEGUNDO

Este Tribunal analizado en cumplimiento del artículo 456-1º de la Ley Enjuiciamiento Civil , examinados los autos y las pruebas practicadas y vistos los soportes de grabación audiovisual, si bien estima que la condena a daños y perjuicios por importe de 29.631,8 euros fijada en sentencia es correcta en aplicación de la normativa del Código Civil, discrepa de la argumentación...

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