SAP Madrid 222/2000, 23 de Mayo de 2000
Ponente | JULIO MENDOZA MUÑOZ |
ECLI | ES:APM:2000:7639 |
Número de Recurso | 55/2000 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 222/2000 |
Fecha de Resolución | 23 de Mayo de 2000 |
Emisor | Audiencia Provincial - Madrid, Sección 6ª |
SENTENCIANº 222/2.000
AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
SECCION SEXTA
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D.PEDRO JAVIER RODRIGUEZ GONZALEZ PALACIOS
MAGISTRADOS
DÑA.BEGOÑA FERNANDEZ DOZAGARAT
D.JULIO MENDOZA MUÑOZ
En Madrid, a 23 de mayo de 2.000.
VISTAS, en segunda instancia, ante la Sección Sexta de esta Audiencia Provincial de Madrid, las presentes Diligencias seguidas por el trámite de procedimiento abreviado, en virtud del recurso de apelación interpuesto por Rodrigo contra la sentencia dictada por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 26 de Madrid, de fecha 27 de octubre de 1999 en la causa citada al margen.
VISTO, siendo Ponente el Magistrado de la Sección, Iltmo. Sr. D. JULIO MENDOZA MUÑOZ, quién expresa el parecer de la Sala.
Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Penal n° 26 de Madrid, se dictó sentencia, de fecha 27 de octubre de 1999 , siendo su Fallo del tenor literal siguiente: "Que DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a Oscar de los delitos de lesiones por imprudencia grave y contra los derechos de los trabajadores por los que venía siendo acusado, debiéndose declarar de oficio, si las hubiere, las costas procesales causadas en el presente procedimiento".
Contra dicha sentencia se interpuso, en tiempo y forma, por el Procurador D. Ramiro Reunolds de Miguel, en representación de la acusación particular en la instancia, recurso de apelación que basó en los motivos que se recogen en esta resolución. Admitido el recurso, se dio traslado del mismo a las demás partes personadas, remitiéndose las actuaciones ante esta Audiencia Provincial.
En fecha 29 de febrero de 2000, tuvo entrada en esta Sección Sexta el precedente recurso, formándose el correspondiente rollo de apelación y se señaló día para la deliberación y resolución del recurso, fijándose la audiencia del día 22 de mayo de 2000, sin celebración de vista.
SE ACEPTAN los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida, en cuanto no se opongan a los presentes
El recurso de apelación impugna la resolución de instancia alegando infracción de normas sustantivas y procesales por inaplicación del 152.1 -lesiones por imprudencia grave- en relación con el art. 316 -delito contra los derechos de los trabajadores-.
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