SAP Madrid 333/2000, 16 de Septiembre de 2000

PonentePERFECTO AGUSTIN ANDRES IBAÑEZ
ECLIES:APM:2000:12263
Número de Recurso247/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución333/2000
Fecha de Resolución16 de Septiembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

SENTENCIA n° 333

Magistrados:

Perfecto ANDRÉS IBAÑEZ (Ponente)

Alberto JORGE BARREIRO

Adrián VARILLAS GOMEZ

RP 247/2000

JO 445/99

Jdo. Penal 18

En Madrid, a dieciseis de septiembre de dos mil.

Esta sala ha visto el recurso de apelación formulado en la causa de la referencia, seguida por delitos de calumnia e injurias.

Ha sido apelante Asociación Cultural Nueva Acrópolis y Roberto .

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. La sentencia apelada declara probado que el día 18 de junio de 1993, a partir de las 22,30 horas, la cadena Televisión Antena 3 TV, S.A. emitió el programa "Al filo de la ley", dirigido por el acusado Antonio y codirigido y presentado por la también acusada Inmaculada .

    En dicho programa intervinieron mediante su presencia física en el estudio ante las cámaras de televisión, los acusados Jose Ignacio y Braulio . Dicho espacio televisivo se inició por una voz en "off" sobre imágenes de personas jóvenes y títulos letreros con el texto "Corrupción", manifestándose, con referencia a la Asociación Cultural Nueva Acrópolis, lo siguiente:

    - "Numerosos adolescentes son captados por dicha organización (Nueva Acrópolis) mediante técnicas de lavado de cerebro, sometidos a prácticas aberrantes y extorsionados económicamente".

    Inmaculada , con mención del informe-denuncia que formuló Juventudes Socialistas de Galicia contra la Asociación Cultural Nueva Acrópolis, aludio a la supuesta ideología neonazi que se atribuía a la misma.

    Igualmente la referida voz en "off" afirmó literalmente lo siguiente:- "Cuentan además con una red de pisos donde acogen a los jóvenes que son captados para la secta, a los que se debe alejar de su entorno familiar".

    - "El informe remitido al Fiscal acusa a estas sectas de favorecer la promiscuidad sexual para captar adeptos y, posteriormente, de incitarles a la prostitución para financiar sus actividades".

    - "La existencia de esta red de pisos y locales en Galicia y el tránsito permanente de personas que se produce en ellos, ha llevado a sospechar a las autoridades que la secta pueda ser utilizada por alguna organización de narcotraficantes para distribuir droga en pequeñas cantidades o para lavar dinero procedente del tráfico de drogas".

    En el curso de la entrevista, el acusado Jose Ignacio , sobre el fondo del nombre Nueva Acrópolis, manifestó:

    - "...Nueva Acrópolis en el fondo es una trama de criminalidad organizada, que adopta una postura externa a la sociedad de asociación cultural..., en sus conferencias se propugna la violencia, el racismo y la xenofobia más brutal".

    - "Nueva Acrópolis está rompiendo muchas familias gallegas, se está creando graves problemas a estas familias, al romper los lazos entre estos jóvenes y ellas".

    - "Donde (en los locales) se está incitando a que los jóvenes abandonen su domicilio familiar, donde se incita a las muchachas a prostituirse, donde se están llevando actividades despreciables..., que la justicia proceda a detener a los dirigentes, a los gurus de estas sectas, que para nosotros no son más que tramas criminales, claramente con el único fin de lucrarse económicamente y que acaben con esta lacra social que para nosotros es tan peligrosa como puede ser la droga, pues en vez de dirigirse al físico se dirigen a la mente...".

    Por su parte, el acusado Braulio , durante su intervención ante las cámaras expresó, con referencia a lo manifestado por infiltrados de Juventudes Socialistas, de los que uno, por cierto, llegó a suicidarse, tras quedar "enganchado" a Nueva Acrópolis:

    - "...se les incita (a los miembros) a robar de casa objetos de valor para venderlos y poder sacar dinero...".

    - "...se habla mucho de promiscuidad sexual..., se les incita a tener relaciones sexuales entre todos los miembros del grupo..., les incitan a abandonar el hogar familiar, pues ese es el siguiente paso de extorsión a la familia..., les dicen que ellos les dan un domicilio donde van a poder vivir, entonces allí, las chicas lo que hacen es para captar a nuevos adeptos, es lo que llaman la vía vaginal de captación, pues tienen que mantener relaciones sexuales con determinada gente que va en principio a intentar entrar en la secta".

    El Fallo es absolutorio.

  2. Los recurrentes afirman que se ha producido error en la apreciación de la prueba practicada, puesto que las imputaciones que se recogen en los hechos probados como realmente producidas constituyen otros tantos atentados, llevados a cabo con publicidad, contra el honor de la organización. Señalan, además, que el tenor de aquéllas excluye cualquier pretensión informativa. Por ello, todos los acusados tendrían que haber sido condenados como autores de los delitos que se les atribuyen, incluidos los profesionales del medio televisivo, responsables de la forma de presentación que se expresa, particularmente, en la voz en "off", con los contenidos reseñados. Por último, y aunque la Juez de lo penal ha desestimado la alegación de prescripción de las defensas, argumentan a favor de ese aspecto de la decisión.

    Todos los apelados se han opuesto al recurso y algunos de ellos han argumentado que, en contra de lo que se sostiene en la sentencia, los delitos tendrían que considerarse prescritos, en vista de los períodos de inactividad que se han registrado en el curso del trámite.

    HECHOS PROBADOS

    Se aceptan los...

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