SAP Madrid, 10 de Febrero de 2001

PonenteROSA MARIA BROBIA VARONA
ECLIES:APM:2001:1899
Número de Recurso1116/2000
Fecha de Resolución10 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección ª

SENTENCIA

En Madrid, a diez de Febrero de dos mil uno.

La Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Señores Magistrados expresados al margen, ha visto, en grado de apelación, los autos de Juicio de COGNICION número 16/1997 sobre resolución de contrato para suministro y resarcimiento de daños y perjuicios, procedentes del Juzgado de Primera Instancia num. 44 de los de Madrid, que han dado lugar a la formación del Rollo de Sala nº 1116/2000, seguido entre partes, de una como apelante, GAS NATURAL SDG, S. A., representada por la Procuradora Sra. Dª. Africa Martín Rico, y de otra como apelada, D. Jose Ángel .

VISTO, siendo Magristrado Ponente la Ilma. Sra. Dª Rosa Brobia Varona

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que los autos originales núm. 16/1997 procedentes del Juzgado de Primera Instancia Núm. 44 de Madrid, fueron remitidos a esta Sección Vigesimoquinta de la Audiencia Provincial de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en las Normas de Reparto aprobadas por la Sala de Gobierno del Excmo.Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

SEGUNDO

Que por la Ilma. Sra. Dª. María Luz Reyes Gonzalo, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. 44 de Madrid, se dictó sentencia con fecha cinco de julio de mil novecientos noventa y nueve, cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: FALLO.-" Que desestimando la demanda interpuesta en nombre de GAS NATURAL SDG. S. A. y absuelvo de la misma a D. Jose Ángel , sin hacer especial condena en costas. "

TERCERO

Que contra dicha Sentencia se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte actora, la Procuradora Sra. Dª. Africa Martín Rico, que fue admitido en ambos efectos, dándole traslado del mismo a la parte demandada sin que haya presentado escrito alguno, remitiéndose los autos a esta Sección Vigesimoquinta previa presentación de los escritos de alegación en el Juzgado de Primera Instancia, conforme a la nueva redacción que ha dado la Ley 10/92 a los arts.733 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, señalándose para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día nueve de febrero del año en curso.

CUARTO

Que en la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuso demanda Gas natural en solicitud de la resolución del contrato de suministro de gas y el resarcimiento de daños puesto que había existido un incumplimiento reiterado del cliente Jose Ángel que había impagado numerosos recibos de suministro de gas.

En el acto de la comparecencia del juicio la actora manifestó que el demandado había satisfechotodas las cantidades adeudadas por cuotas del suministro, continuando el procedimiento por los intereses desde la presentación de la demanda, costas y por la resolución contractual.

El juzgador de instancia desestimó por completo la demanda, pues pese a que entiende probado el incumplimiento del demandado, considera el contrato que une a las parte como un contrato de adhesión en contradicción con la ley de Protección a los Derechos de Consumidores y Usuarios con una situación de desequilibrio entre las partes.

Ante esta se alza la demandante interponiendo recurso de apelación.

SEGUNDO

Los contratos de suministro de gas, energía eléctrica, etc., han sido considerados por la Jurisprudencia, sentencia del TS. de 13-7-89, como una modalidad del contrato de compraventa, siendo por tanto de carácter...

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