SAP Madrid 275/2008, 30 de Mayo de 2008

PonenteRAMON RUIZ JIMENEZ
ECLIES:APM:2008:15155
Número de Recurso330/2008
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución275/2008
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 19ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 19

MADRID

SENTENCIA: 00275/2008

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION 19

1280A

FERRAZ 41

Tfno.: 91 397 1861-2-3-4-0 Fax: 91 397 19 98

N.I.G. 28000 1 7005239 /2008

ROLLO: RECURSO DE APELACION 330 /2008

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 1120 /2005

JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 39 de MADRID

Apelante/s: KORAT SPAIN, S.L.

Procurador: GONZALO SANTOS DE DIOS

Apelado/s: NOZAR, S.A.

Procurador: FEDERICO JOSE OLIVARES DE SANTIAGO

SENTENCIA Nº 275

Ponente: Ilmo. Sr. D. RAMÓN RUIZ JIMÉNEZ

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. NICOLÁS DÍAZ MÉNDEZ

D. RAMÓN RUIZ JIMÉNEZ

D. MIGUEL ÁNGEL LOMBARDIA DEL POZO

En MADRID a, treinta de mayo de dos mil ocho.

La Sección Decimonovena de la Audiencia Provincial de Madrid, compuesta por los Sres. Magistrados expresados al margen, ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario 1120/2005, provenientes del Juzgado de Primera Instancia nº 39 de Madrid, que han dado lugar en esta alzada al rollo de Sala 330/2008, en el que han sido partes, como apelante KORAT SPAIN,S.L., que estuvo representado por el Procurador DON GONZALO SANTOS DE DIOS; y de otra, como apelado NOZAR, S.A., que vino al litigio representado por el Procurador DON FEDERICO JOSÉ OLIVARES DE SANTIAGO, habiendo estado ambas partes defendidas por Letrado.

VISTO, siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. RAMÓN RUIZ JIMÉNEZ, que expresa el común parecer de este Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se dan por reproducidos los que contiene la sentencia apelada en cuanto se relacionen con esta resolución y

PRIMERO

Con fecha doce de julio de dos mil siete del Juzgado de 1ª Instancia nº 39 de Madrid en los autos de que dimana este rollo de Sala, dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que desestimando íntegramente la demanda formulada por KORAT SPAIN,S.L. contra NOZAR,S.A. y estimado la demanda reconvencional deducida de contrario.

  1. - En relación con la compraventa de las fincas inmuebles sitas en Paseo de García, 69 y Pasaje Domingo nº 10 de Barcelona.

    DEBO DECLARAR Y DECLARO:

    La obligación de KORAT SPAIN, S.L. de cumplir con sus obligaciones.

    Que NOZAR,S.A. con las liquidaciones que se contienen en el cuerpo fáctico de la demanda reconvencional, ha dado cumplimiento íntegro al pago restante del precio aplazado de la compraventa del inmueble, sin perjuicio de liquidación ulterior cuando en alguna de aquellas actuaciones así corresponda.

    Y sin perjuicio de la obligación de NOZAR S.A., de poner a disposición de la Agencia Tributaria el saldo restante a favor de KORAT SPAIN, S.L.

  2. - En relación con los ocho contratos privados de compraventa de fecha 21 de mayo de 2.003, sobre fincas inmuebles en la promoción "Residencia el Pinar de Bergamín" de Madrid.

    DEBO DECLARAR Y DECLARO la resolución contractual interesada por NOZAR, S.A., con causa en el incumplimiento absoluto de sus obligaciones por parte de KORAT SPAIN, S.L.

    DEBO CONDENAR Y CONDENO:

    A KORAT SPAIN, S.L. a pagar a NOZAR, S.A. la cantidad de 80.116,66 euros (ochenta mil ciento dieciséis euros con setenta y seis céntimos), en concepto de gastos ocasionados por el incumplimiento de la reconvenida, en concepto de daños y perjuicios e intereses moratorios pactados (cláusula décima del contrato), por impagado de los pagarés.

    A KORAT SPAIN, S.L. a pagar NOZAR, S.A. la cantidad de 45.593,35 euros (cuarenta y cinco mil quinientos noventa y tres euros con treinta y cinco céntimos), en concepto de gastos e intereses correspondientes al cumplimiento de los plazos pertinentes de los créditos con garantía hipotecaria, además de la cantidad de 115,61 euros (ciento quince euros con sesenta y un céntimos), en tal concepto, y al día a día a partir del día 22 de noviembre de 2005 y hasta la fecha en que definitivamente se produzca la resolución efectiva del contrato.

    1. A KORAT SPAIN, S.L. al pago de todas las costas causadas.

SEGUNDO

Notificada la sentencia a las partes se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de KORAT SPAIN, S.L., que formalizó adecuadamente y del que, tras ser admitido en ambos efectos, se dio traslado a la contraparte, que se opuso al mismo, remitiéndose luego los autos principales a este Tribunal en el que tuvieron entrada en 17 de abril de 2008, abriéndose, de inmediato, el correspondiente rollo de Sala.

TERCERO

En esta alzada, para cuya deliberación, votación y fallo se señaló el 27 de mayo de 2008 de los corrientes, se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se admiten expresamente los que recoge la sentencia recurrida, que se complementan con los que ahora se exponen.

PRIMERO

La demanda que dio origen a estas actuaciones, instada por KORAT SPAIN S.L. en lo sucesivo será designada como -Korat- frente a NOZAR S.A. y se pretendía en el suplico de la misma, una sentencia que declarara resuelto el contrato de compraventa del edificio Plaza de Gracia, que las partes convinieron en contrato de 7.8.2002, luego subsanado el 18.11.2003, 21.5. 2003 y 24.7. 2003, resolución de la compraventa llevada a cabo en documento privado el 24.1.2003 relativa a 8 pisos en Urbanización Pinar de Bergamin, y condena a indemnizar en 5.146.206 euros. La sentencia recoge con amplitud el ámbito de relaciones entre las partes, en el curso de las cuales, y como parte del pago, la demandada habría de hacer entrega de 8 pisos en Pinar de Bergamin, lo que incumplió en tesis de la demandante. Paralelamente, Korat compró ocho pisos en la misma urbanización, mediante documento privado de 24 de enero de 2004, cuya resolución asimismo solicita por incumplimiento que atribuye a la misma demandada que no hizo entrega de las viviendas en el tiempo convenido.

La demandada se mostró totalmente disconforme con el relato de hechos que contenía la demanda y que además de silenciar la escritura modificativa de 24.7. 2003, refería un cumplimiento total por su parte en cuanto a la finca de Paseo de Gracia, y total incumplimiento de la demandada en cuanto a la compraventa de las ocho viviendas en Pinar de Bergamin, en las que la demandada era vendedora. Asimismo formulaba demanda reconvencional pidiendo, en relación con la finca de Paseo de Gracia y Pasaje Domingo declarar la obligación de Korat de cumplir sus obligaciones, señalando que por su parte Nozar había cumplido las que le eran exigibles. En relación al contrato de 21.5.2003, de compra de ocho viviendas, haber lugar a la resolución del mismo por incumplimiento total de la allí compradora - Korat- y se le condenara a pagar 80.116, 66 euros por daños y perjuicios e intereses moratorios pactados en la cláusula 10ª del contrato por impago de pagarés. Se la condene a pagar 45.593, 35 euros por gastos e intereses originados por el impago del crédito hipotecario y 115, 61 euros al día hasta la resolución del contrato.

La sentencia, que hace un relato detallado de los hechos y motiva el fallo con suficiencia, desestima la demanda en su totalidad al entender que NOZAR ha cumplido sus obligaciones en relación con la compraventa de Paseo de Gracia y estima la reconvención.

Los hechos sustrato del conflicto, se recogen con suficiencia en la sentencia de...

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