SAP Asturias 56/2001, 1 de Febrero de 2001

PonenteRAFAEL MARTIN DEL PESO
ECLIES:APO:2001:446
Número de Recurso415/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución56/2001
Fecha de Resolución 1 de Febrero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª

SENTENCIA NÚMERO 56/2001

Rollo: MENOR CUANTIA 415 /2000

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:

D. José Antonio Seijas Quintana

MAGISTRADOS

D. Guillermo Sacristán Represa.

D. Rafael Martín del Peso.

En OVIEDO, a uno de febrero de dos mil uno.

VISTOS, en grado de apelación por la Sección Primera de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio declarativo de menor cuantía 34/00, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Luarca, Rollo de Apelación número 415/00, entre partes, como Apelante/s Jose Augusto , representado/s por el Procurador Sr./a. RICHARD MILLA, bajo la dirección letrada de Don/Dña. JUAN LUIS SÁNCHEZ LOPEZ, y como Apelado/s ROCÍO DE OTUR, S.L., representado/s por el Procurador Sr./a. ALONSO ARGUELLES, bajo la dirección letrada de Don/Dña. PEDRO FERNÁNDEZ DEL VALLE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.

SEGUNDO

El Juzgado de Primera Instancia de Luarca dictó Sentencia en los autos referidos con fecha, 31 de mayo de 2000 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que debo desestimar la demanda formulada por Jose Augusto , contra la entidad EL ROCIO DE OTUR, S.L., absolviendo a la demandada de las pretensiones del actor a quien impongo el pago de las costas".

TERCERO

Notificada la anterior sentencia a las partes, por la representación de la parte, demandante se interpuso Recurso de Apelación, que fue admitido a trámite, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial donde se personaron las partes expresadas y, cumplidos los oportunos traslados se señaló para la vista del recurso el día 29 de enero de 2001, en cuyo acto la parte apelante solicitó la revocación de la sentencia y la Apelada su confirmación.CUARTO.- En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTOS, siendo Ponente el Ilmo. Sr./ DON Rafael Martín del Peso.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El recurso de apelación se sustenta en dos motivos: Rechazar la excepción de prescripción por el transcurso del plazo de 3 años, para el cobro de honorarios de Arquitecto Técnico, y defender con apoyo en el artículo 2 de la Ley de Suspensión de Pagos, la facultad de reclamar en esta vía el reconocimiento de su derecho, toda vez que el crédito no fue incluido en la relación por la deudora suspensa, en procedimiento concursal concluido con convenio en fase de ejecución.

SEGUNDO

Sobre el primer motivo debe señalarse que si bien el encargo se realizó en 1992, como se desprende de la hoja, que calcula unos honorarios posibles según el proyecto, sin reflejarse una retribución a tanto alzado, y se deduce además de la cantidad reclamada, no...

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