SAP Burgos 161/2001, 26 de Marzo de 2001

PonenteARABELA CARMEN GARCIA ESPINA
ECLIES:APBU:2001:427
Número de Recurso56/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución161/2001
Fecha de Resolución26 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª

SENTENCIA

En el Rollo de Apelación número 56 de 2.001 dimanante de Juicio de Menor Cuantía nº 132/00

, sobre impugnación de acuerdos comunitarios , del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Burgos , en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 1 de diciembre de 2.000, han comparecido, como demandantes-apelantes, INIM CORPORACION DE LA RIVERA S.A. y DOÑA Flor , representadas por el Procurador D. Enrique Sedano Ronda y defendidas por el Letrado D. Francisco Morales Sanchez ; y como demandada- apelada, COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE DIRECCION000 Nº NUM000 DE BURGOS , representada por la Procuradora Dª Ana Marta Miguel Miguel y defendida por el Letrado D. Pedro Corvo Román .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan, sustancialmente, los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuyo Fallo es del tenor literal siguiente: " Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por el Procurador DON ENRIQUE SEDANO RONDA, en nombre y representación de INIM CORPORACION DE LA RIBERA, S.A. y DOÑA Flor , contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA DIRECCION000 Nº NUM000 DE BURGOS, representada por la Procuradora DOÑA ANA MARTA MIGUEL MIGUEL, debo absolver y absuelvo a la demandada de los pedimentos deducidos en su contra en la demanda. Todo ello con imposición de costas a la parte demandante ".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, por la representación de Inim Corporación de la Rivera S.A. y Dª Flor se interpuso contra la misma recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, emplazándose a las partes y remitiéndose los autos a esta Audiencia.

TERCERO

Seguido el recurso por sus trámites se señaló para la celebración de la vista el dia 20 de marzo de 2.001 a las 11,30 horas de su mañana, la que tuvo lugar con asistencia de los Letrados de las partes personadas, quienes informaron en apoyo de sus pretensiones.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna por la parte actora, al amparo del articulo 18.1 c) de la Ley de PropiedadHorizontal de 21 de Julio de 1.960, modificada por Ley 8/1.999, el acuerdo de la Junta de Propietarios de la Comunidad de propietarios demandada de fecha 2 de Febrero de 2.000 por el que la Comunidad no aceptó la propuesta de la parte actora de que el local comercial mano derecha no contribuir al gasto por consumo de calefacción, por entender que la no eliminación de esa contribución constituye abuso de derecho y es gravemente perjudicial para los intereses de la parte actora, propietaria del local afectado, por haber sustituido el sistema de calefacción central existente por un sistema individual de aire acondicionado frio-calor.

SEGUNDO

Por imposición del articulo 9.1 e) 3 º de la Ley de Propiedad Horizontal reformada por Ley 8/1.999 (antes articulo 9.5) todos los copropietarios han de contribuir, con arreglo a la cuota de participación fijada en el título constitutivo o a lo especialmente...

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