SAP Burgos 463/2004, 2 de Noviembre de 2004

PonenteAGUSTIN PICON PALACIO
ECLIES:APBU:2004:1247
Número de Recurso310/2004
Número de Resolución463/2004
Fecha de Resolución 2 de Noviembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 463

En la ciudad de Burgos, a dos de noviembre de dos mil cuatro.

Visto, por esta Sección de la Ilma. Audiencia Provincial de Burgos, el proceso al que se refieren los presentes autos, que llevan el núm. 310/2004 de los de este Tribunal, y que se corresponden con el procedimiento de laudo arbitral seguido con el núm. 2.153/2004 de los de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Burgos; y en cuyo proceso han intervenido como partes: de una y en concepto de impugnante, la compañía mercantil "SANYGAS & 10, S.L." , con domicilio social en el núm. 10 de la avenida de los Reyes Católicos, de Burgos, defendida por el Letrado don Javier Andrés González y representada por el Procurador de los Tribunales don Javier Cano Martínez; y de otra, y en concepto de apelado, DOÑA Rosa , defendido por el Abogado don * y representado por el Procurador don *; sobre anulación de laudo arbitral ; siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado don Agustín Picón Palacio, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES
Primero

Por la parte que promovió el proceso se presentó escrito ante este Tribunal donde se lee en sus hechos, resumidamente, que, 1º.- Por la parte hoy recurrida se promovió laudo ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor, en reclamación de una cantidad de dinero.-2º.- La hoy recurrente presentó sus alegaciones en defensa de sus pretensiones.-3º.- A continuación tuvo lugar la audiencia pertinente, tras lo que se dictó el laudo correspondiente. A dichos hechos se acompañaron los fundamentos de la impugnación y se terminó con suplica de que se dejase sin efecto parcialmente la resolución dictada.

Segundo

Interesado y recibido el expediente íntegro del laudo desde la Junta Arbitral de Consumo, se dio traslado de la impugnación a la parte que promovió el laudo, con el resultado que consta en las actuaciones.

Tercero

Seguido el proceso por todos sus trámites se señaló día para la celebración de vista, la cual tuvo lugar en la forma que se recoge en el acta levanta por SSª. el Sr. Secretario.

Cuarto

En la tramitación del recurso, se han observado, sustancialmente, todos los requisitos procesales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS I.- Es objeto de este recurso la nulidad de un laudo arbitral dictado por la Junta Arbitral de Consumo de Burgos, a cuyo fin debe tenerse en cuenta la naturaleza del arbitraje, que es, como se ha reiterado en la doctrina del Tribunal Constitucional v.g., SSTC. 15/1.989, de 26 enero; 62/1.991, de 22 marzo; y, 288/1.993, de 4 octubre un equivalente jurisdiccional, mediante el cual las partes pueden obtener los mismos objetivos que con la jurisdicción civil, esto es, la obtención de una decisión al conflicto con todos los efectos de la cosa juzgada, con la declaración de los derechos y obligaciones recíprocas de las partes de la controversia, y que se encuentra revestida de "auctoritas" por imperativo de la Ley.

  1. Por dicha razón, prevé la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje , como antes lo hacía la por ella derogada Ley 36/1.988, de 5 de diciembre, de Arbitraje , la posibilidad de que contra el laudo se pueda oponer un recurso llamado de...

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