SAP Málaga 550/2004, 5 de Julio de 2004

PonenteMARIA TERESA SAEZ MARTINEZ
ECLIES:APMA:2004:3242
Número de Recurso1084/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución550/2004
Fecha de Resolución 5 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 550

AUDIENCIA PROVINCIAL MALAGA

Sección 4ª

ILUSTRISIMO SR

PRESIDENTE

D.MANUEL TORRES VELA

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D.JOAQUIN DELGADO BAENA

Dª MARIA TERESA SAEZ MARTINEZ

REFERENCIA:

JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. DE 1ª INSTANCIA 3 DE MALAGA

ROLLO DE APELACIÓN Nº 1084/2003

JUICIO Nº 163/2002

En la Ciudad de Málaga a cinco de julio de dos mil cuatro.

Visto, por la Sección 4ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Proced. Ordinario (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Carlos Ramón , Marí Luz , Patricia y Laura que en la instancia fuera parte demandada y comparece en esta alzada representado por el Procurador D. GÓMEZ TIENDA, ANA MARIA, y defendido por el Letrado D. CONEJO ALBA, JOSE. Es parte recurrida Iván que está representado por el Procurador D. GÓMEZ ROBLES, FERNANDO y defendido por el Letrado D. JURADO GRANA, ANTONIO, que en la instancia ha litigado como parte demandante.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 24-7-03 , en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Fernando Gomez Robles, en nombre y representacion de D. Iván , contra D. Carlos Ramón , Dª Marí Luz , Dª Patricia y Dª Laura , representados por el Procurador de los Tribunales Dª ana Gomez Tinda, debo declarar y declaro que la finca del actor (parcela nº NUM003 ) esta libre de toda carga y gravamen, sin que ostenten los demandados derecho de paso alguno sobre la mencionada finca, condenando a los codemandados a estar y pasar por esta declaración y condenando asimismo D. Carlos Ramón , Dª Patricia y Dª Laura , propietarios de la casa nº NUM000 de la c/ DIRECCION000 , al cierre de lapuerta que da acceso al solar del demandante. Todo ello con expresa condena en costas a los demandados. Que desestimando la acción reconvencional formulada por D. Carlos Ramón , Dª Marí Luz , Dª Patricia y Dª Laura , representaods por el Procurador de los Tribunales Dª Ana Gomez Tienda, debo absolcer y absuelvo al actor de todas y cada una de las pretensiones contra el mismo ejercitadas como imposición de costas a la parte reconveniente".

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 28-6-04quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MARIA TERESA SAEZ MARTINEZ quien expresa el parecer del Tribunal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por el procurador Sr. Gómez Robles, en nombre y representación de D. Iván , se formuló demanda de juicio ordinario contra D. Carlos Ramón , Dña. Marí Luz , Dña. Patricia y Dña. Laura , en ejercicio de una acción negatoria de servidumbre de paso y para el cerramiento de la puerta abierta por éstos. Por la procuradora Sra. Gómez Tienda, en nombre y representación de los demandados se entabló reconvención contra el actor, interesando que se declarase la existencia de una servidumbre de paso sobre la finca propiedad del actor, respecto de la puerta abierta en la finca nº NUM000 , y del camino que partiendo de la anterior la comunica con la finca nº NUM001 NUM002 . En la instancia recayó sentencia estimando la demanda y desestimando la reconvención.

SEGUNDO

Por la procuradora Sra. Gómez Tienda, en nombre y representación de D. Carlos Ramón , Dña. Laura , Dña. Patricia y Dña. Laura , se interpuso recurso de apelación contra la mencionada sentencia, alegando en síntesis error en la valoración de la prueba.

TERCERO

Conforme a lo establecido en la sentencia dictada en la instancia, que expresamente se reconoce por los apelantes, la parcela nº NUM003 , propiedad del actor, linda por su derecha con las parcelas nº NUM000 , situada en un plano superior,...

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