SAP Murcia 231/2002, 11 de Octubre de 2002

PonenteFRANCISCA ISABEL FERNANDEZ ZAPATA
ECLIES:APMU:2002:2440
Número de Recurso208/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución231/2002
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 3ª

SENTENCIA N°231/2.002

Iltmos. Sres.

Don Juan Martínez Pérez

Presidente

Don Cayetano Blasco Ramón

Doña Francisca Isabel Fernández Zapata

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a once de Octubre de dos mil dos.

Vistos por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, en grado de apelación, los presentes autos de juicio de Menor Cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia n° 2 de Murcia y seguidos ante el mismo con el n° 825/00 -Rollo n° 208/02-, en los que figura como demandante la mercantil "Muebles Tapizados Granfort, SA.", en el Juzgado y en esta alzada representada por el Procurador Sr. Sevilla Flores y defendida por el Letrado Sr. De la Vega Cavero, y como demandados, "Diván MC, S.L." y "Tapizados Muñoz Robles, S.L.", representadas por el Procurador Sr. González Campillo y defendidas por el Letrado Sr. Ruiz Nicolás; los cuales penden ante esta Sala en virtud de recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la sentencia de fecha 26 de febrero de 2.002, dictada por el referido Juzgado, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª. Francisca Isabel Fernández Zapata, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente: "FALLO: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Manuel Sevilla Flores en nombre y representación de la mercantil "Muebles Tapizados Granfort, S. A.", debo absolver y absuelvo a las sociedades "DIVAN MC, SL." y "TAPIZADOS MUÑOZ ROBLES, SL." de las pretensiones deducidas en su contra; con expresa imposición de costas a la parte actora."

Segundo

Contra la misma se interpuso en tiempo y forma por la parte demandante recurso de apelación, y dado traslado del mismo a los demandados presentaron el correspondiente escrito de oposición, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, donde por la Sección Tercera se formó el correspondiente Rollo, señalándose el día 18 de Septiembre de 2.002 para su deliberación y votación, quedando pendiente de resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

Comparece la parte apelante en esta alzada interesando la revocación de la sentencia de instancia y el dictado de nueva resolución que, acogiendo los pedimentos contenidos en el suplico de la demanda, condene a las mercantiles demandadas en los términos postulados en la misma. En concreto, aduce incongruencia omisiva de la sentencia impugnada al no resolver sobre todas las acciones ejercitadas y, en especial, sobre si aquéllas han llevado a cabo una conducta desleal en el mercado, insistiendo en esta alzada en la titularidad de Muebles Tapizados Granfort, S. A. sobre los diseños de los sofás imitados, que no titularidad de derechos de propiedad intelectual o industrial sobre los mismos, la cual no constituye presupuesto necesario para el ejercicio de las acciones de esta índole, poniendo de manifiesto, asimismo, que las demandadas se han aprovechado del esfuerzo y reputación de la sociedad actora; argumentaciones, expresamente, rebatidas por las apeladas que instan la confirmación de la sentencia recurrida.

Segundo

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