SAP Murcia 21/2001, 20 de Enero de 2001

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2001:193
Número de Recurso57/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución21/2001
Fecha de Resolución20 de Enero de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 21

Iltmos. Sres.:

D. Antonio Salas Carceller

Presidente

D. Juan Antonio Jover Coy

D. Andrés Pacheco Guevara

Magistrados

En la ciudad de Murcia, a veinte de enero de dos mil uno.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de juicio de Menor Cuantía procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº 239/99 -rollo nº 57/2000-, en los que figura como demandante D. Jesús Luis , mayor de edad, casado, vecino de Murcia, con domicilio en calle DIRECCION000 , nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 , representado por el Procurador Sr. Jiménez Martínez y dirigido por el Letrado Sr. Ruiz Ferrer; y como demandado D. Serafin , mayor de edad, casado, vecino de Murcia, con domicilio en calle DIRECCION000 , nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM002 , y su esposa a los solos efectos del art. 144 del Reglamento Hipotecario, representado por la Procuradora Sra. Guasp Llamas y dirigido por el Letrado Sr. Martínez García. Versando sobre propiedad horizontal.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por D. Serafin contra la sentencia de 27 de septiembre de 1999 dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Murcia. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que estimando la demanda promovida por el Procurador D. CARLOS MARIO JIMENEZ MARTINEZ en nombre y representación de Jesús Luis contra Serafin (ESP. ART. 144 R.H.) representado por la también Procuradora Dª. MARIA DEL CARMEN GUASP LLAMAS, declaro contrarias al art. 7 de la Ley de Propiedad Horizontal la realización de las obras a las que se refiere la demanda, condenando al demandado a que retire los aparatos de climatización del lugar en que se encuentran reponiendo a su estado inicial la fachada donde están instalados, con imposición de costas al demandado".

Segundo

Contra dicha sentencia se interpuso en tiempo y forma por D. Serafin recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, elevándose los autos a esta Audiencia Provincial, previos losoportunos emplazamientos, formándose el correspondiente rollo, en el que comparecieron las partes debidamente representadas, y, tramitado el recurso con arreglo a los de su clase, se concedió a las partes la posibilidad de instar la sustitución de vista por el escrito de alegaciones a que se refiere el artículo 709, párrafo cuarto, de la Ley de Enjuic. Civil, instándose por las partes dicha sustitución, y tras unir al rollo los escritos de alegaciones, se señaló el 18 de enero de 2001 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, quedando éste pendiente de resolución.

Tercero

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

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