SAP Murcia 26/2005, 28 de Enero de 2005

PonenteJUAN ANTONIO JOVER COY
ECLIES:APMU:2005:227
Número de Recurso157/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución26/2005
Fecha de Resolución28 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª

SENTENCIA Nº 26

En la ciudad de Murcia, a veintiocho de enero de dos mil cinco.

La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación los autos de Juicio Ordinario procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Murcia y seguidos ante el mismo con el nº

1.078/2003, -rollo nº 157/2004-, entre las partes, actora, Dª. Luisa , mayor de edad, soltera, vecina de Murcia, con domicilio en Puente Tocinos, CALLE000 nº NUM000 , con D.N.I. nº NUM001 , representada por la Procuradora Sra. Hernández Morales y dirigida por el Letrado Sr. Serna Orts; y demandada, Cano Molina S.A., con domicilio social en Murcia, carretera de Alicante nº 95, con C.I.F. nº A-30072045, representada por el Procurador Sr. Albacete Manresa y dirigida por el Letrado Sr. Serna Rocamora. Versando sobre impugnación de acuerdos sociales.

Los referidos autos penden ante esta Audiencia Provincial en virtud de recurso de apelación interpuesto por Dª. Luisa contra la sentencia de 22 de diciembre de 2003, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Murcia ; siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La expresada resolución contiene el siguiente fallo:

"Que desestimando la demanda promovida por la Procuradora de los Tribunales BELEN HERNANDEZ MORALES, en nombre y representación de Luisa , contra CANO MOLINA S.A., representado por el también Procurador ALFONSO ALBACETE MANRESA, no ha lugar a la acción ejercitada conimposición de costas al actor".

Segundo

Contra dicha sentencia interpuso Dª. Luisa recurso de apelación, que tras tenerse por preparado fue formalizado conforme a lo dispuesto en los artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuic. Civil .

Tercero

Seguidamente se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, donde se formó el correspondiente rollo, con el nº 157/2004, y se señaló el 27 de enero de 2005 para que tuviera lugar la votación y fallo del recurso, tras lo cual quedó éste visto para sentencia.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

Primero

Dª. Luisa interpuso demanda de Juicio Ordinario solicitando que se declarara la nulidad del acuerdo social adoptado en la Junta General de la mercantil Cano Molina S.A. de fecha 4 de septiembre de 2003, consistente en no distribuir beneficios entre los accionistas y destinarlos para remanente. Y que como consecuencia de lo anterior se condenara a la entidad demandada a pagar a la actora la cantidad de

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