SAP Murcia 241/2001, 11 de Octubre de 2001

PonenteMATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS
ECLIES:APMU:2001:2627
Número de Recurso80/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución241/2001
Fecha de Resolución11 de Octubre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Murcia, Sección 5ª

SENTENCIA 241

Iltmos. Sres.

D. Fernando J. Fernández Espinar López

D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas

Dª Julia Fresneda Andrés

En la ciudad de Cartagena, a11 de octubre de dos mil uno.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Murcia, con sede en Cartagena, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto los autos de J. Ejecutivo n. 248/94 seguidos en el Juzgado de Primera Instancia 5 de Cartagena de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada Dª. Regina , habiendo intervenido en la alzada dichas partes, en su condición de recurrentes, representados por el Procurador D. Agustín Rodríguez Monje y dirigidos por el Letrado D. Antonio Jose Madrid, en sustitución del Sr. Valdés Albistur y como apelada BANCO URQUIJO S.A., representado por el Procurador D. Alejandro Lozano Conesa con la dirección del Letrado D. Alberto Martínez Escribano.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Primera Instancia n° 5 de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el núm. 248/94, se dictó sentencia con fecha 18-10-2000, cuya parte dispositiva dice entre otras lo siguiente: "Que desestimando la oposición a la demanda deducida en estos autos de juicio ejecutivo que contra Dª Regina se interpuso por el demandante BANCO URQUIJO S.A., mando seguir adelante la ejecución hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a la demandada, para con su importe efectuar entero y cumplido pago al actor de la suma de 8.223.325 ptas de principal, intereses pactados, gastos y costas causadas o que se causen, al pago de cuyas cantidades se condena expresamente a la demandada."

SEGUNDO

Contra dicha sentencia, se interpuesto recurso de apelación por la parte apelada en tiempo y forma que fue tramitado conforme a lo dispuesto en el art. 887 y ss de la Ley de EnjuiciamientoCivil este Tribunal, donde se formó el correspondiente Rollo de Apelación y entregados los autos a las partes para instrucción y al Magistrado Ponente se señalo día para la vista que tuvo lugar el día 21-04-2001.

TERCERO

En la tramitación de ambas instancias, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. Matías M. Soria Fernández Mayoralas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la Sentencia del Juzgado de 1ª Instancia que desestimando la oposición a la demanda de J. Ejecutivo mando seguir adelante la ejecución contra la demandada por importe de 8.223.325 ptas de principal, intereses pactados, gastos y costas. Se formula recurso de apelación por la condenada en base a que la cláusula de vencimiento anticipado es nula, abusiva. Que los efectos fueron cargados en la cuenta de la demandada sin autorización y que no se ha producido la liquidación de la cuenta pendiente.

Por la parte apelada se solicitó la confirmación de la...

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    ...clausus», y además admite el vencimiento anticipado en caso de peligro de incumplimiento aún existiendo garantías; la sap de murcia, secc. 5.ª, de 11-10-2001 considera abusivo un vencimiento anticipado, exigiendo un incumplimiento «trascendente» para no ir contra el equilibrio de derechos y......

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