SAP Toledo 54/2000, 10 de Abril de 2000

PonenteJULIO TASENDE CALVO
ECLIES:APTO:2000:439
Número de Recurso37/2000
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución54/2000
Fecha de Resolución10 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Toledo, Sección 1ª

SENTENCIA

Visto el presente recurso de apelación penal, rollo de Sala número 37/2000, dimanante del juicio de faltas núm. 92/99 del Juzgado de Instrucción número Uno de Orgaz, en el que son partes, como apelante,

D. Blas , dirigido por el Letrado Sr. Villamor Losada.

ANTECEDENTES
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción núm. Uno de Orgaz, con fecha 6 de octubre de 1999, se dictó sentencia en los autos de que este rollo dimana cuyos HECHOS PROBADOS son: "ÚNICO.- Probado y así se declara que el día 16 de marzo de 1999, cuando el denunciante circulaba con su bicicleta por la C/ Camino de Toledo de la localidad de Madridejos (Toledo), se encontró con unos perros, los cuales se encontraban sueltos, siendo corroborada tal circunstancia por el dueño de los perros, quien también estaba en el lugar de los hechos ya que había llegado en su furgoneta y los había bajado un momento antes del suceso; y que sin haber llamado ni realizado ningún gesto molesto o provocador el denunciante a los mismos, uno de ellos, en concreto un perro de caza que el denunciado reconoce como suyo, se abalanzó sobre el denunciante y le mordió en la nalga derecha, produciéndosele las lesiones objetivadas en parte Médico Forense". Y cuya PARTE DISPOSITIVA dice así: "Que debo condenar y condeno a Blas , como autor responsable de una falta prevista y penada en el artículo 631 del Código Penal, a la pena de multa de 15 días a razón de 1.000 pesetas diarias, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas, y a que indemnice a Juan Pedro en la cantidad de 100.000 pesetas por las lesiones sufridas, así como al pago de las costas procesales".

SEGUNDO

Contra dicha resolución y por D. Blas , dentro del término establecido, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido a trámite, y tras el traslado al Ministerio Fiscal, se remitieron losautos a esta Audiencia a los oportunos efectos.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los declarados como tales en la resolución apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los fundamentos jurídicos de la resolución apelada y

PRIMERO

Bajo los dos motivos fundamentadores del recurso formulado por el acusado, que ha resultado condenado en la sentencia impugnada, basados en el error en la apreciación de la prueba y en la infracción del art. 631 del Código Penal , se pretende combatir la consideración relativa a la condición feroz o dañina del perro perteneciente al denunciado, negando en primer lugar el...

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