SAP Tarragona 338/2005, 18 de Julio de 2005

PonenteMARIA DEL PILAR AGUILAR VALLINO
ECLIES:APT:2005:1282
Número de Recurso181/2005
Número de Resolución338/2005
Fecha de Resolución18 de Julio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª

SENTENCIA NUM.

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

D. Antonio Carril Pan

MAGISTRADOS

Dª Mª Pilar Aguilar Vallino

D. José Luis Portugal Sainz

En Tarragona a dieciocho de julio de dos mil cinco.

Visto ante la Sección Primera de esta Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por Alimentación Socuellanos S.L. e Inquina S.L. representadas por la Procuradora Sra. Martínez Bastida y asistidas de la Letrada Sra. Pozuelo Arenas, contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de Tarragona en fecha 30 diciembre 2004, en Juicio Ordinario nº 976/03 constando como parte apelada Beracor S.L. representada por el Procurador Sr. Solé Tomás y defendida por el Letrado Sr. López Sebastián y Mutua Catalana representada por la Procuradora Sra. Elías Arcalis y defendida por el Letrado Sr. Huidobro Mencio.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por Alimentación Socuellanos SL e Inquina SL, representadas por la Procuradora de los Tribunales Sra. Martinez Bastida, contra Beracor SL (Hotel Sant Jordi) representada por el Procurador de los Tribunales Sr. Solé Tomas y contra Mutua Catalana de Asegurances, representada por la Procuradora de los Tribunales Sra. Elías Arcalís, debo hacer y hago los siguientes pronunciamientos: Primero: Que debo absolver y absuelvo a Beracor SL (Hotel Sant Jordi) contra Mutua Catalana de Asegurances de las pretensiones contra ellas ejercitadas por Alimentación Socuellanos SL e Inquina SL. Segundo: Que no debo hacer expresa imposición de las costas procesales causadas, debiendo cada parte pagar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad".

SEGUNDO

Interpuso recurso de apelación la parte demandante solicitando la estimación de la demanda.Admitidos en ambos efectos, se dió traslado a la parte apelada para alegaciones, en cuyo trámite solicitó la desestimación del recurso y confirmación de la sentencia.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a esta Audiencia, se incoó el Rollo correspondiente, habiéndose procedido a deliberación y votación por este Tribunal el día señalado, con el resultado, por unanimidad, que se expresa.

VISTO, siendo Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Dª Mª Pilar Aguilar Vallino.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Desestimada la reclamación de perjuicios por la sustracción de mercancías transportadas en el interior de la furgoneta cuando estaba aparcada en el recinto del hotel destinado a vehículos de clientes durante la noche, se recurre la sentencia insistiendo en la responsabilidad del hostelero por falta de custodia y vigilancia en la prestación del servicio de aparcamiento que ofrece junto con el alojamiento, que la demanda basó en las obligaciones del depósito derivado de la relación de hospedaje cuando...

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