SAP Vizcaya 77/2003, 31 de Enero de 2003

PonenteFERNANDO VALDES-SOLIS CECCHINI
ECLIES:APBI:2003:162
Número de Recurso220/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución77/2003
Fecha de Resolución31 de Enero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Vizcaya, Sección 4ª

SENTENCIA N° 77/03

ILMOS. SRES.

D/Dña. FERNANDO VALDES SOLIS CECCHINI

D/Dña. ANTONIO GARCIA MARTINEZ

D/Dña. INMACULADA HERBOSA MARTÍNEZ

En Bilbao a 31 de Enero de de 2003.

Vistos en grado de apelación ante la Audiencia Provincial de Bilbao, Sección Cuarta, integrada por los Ilmos. Srs. Magistrados, los presentes autos de Juicio de MENOR CUANTÍA N° 498/00, procedentes del Juzgado de 1ª Instancia nº 8 de Bilbao y seguidos entre partes: Como apelante INDUSTRIAS METALICAS DE GUIPUZKOA SA. representada por el Procurador Sr. Zubieta Garmendia y dirigida por el Letrado Sr. Esteban Guereca y como apelado SAGARTE SA. representado por la Procuradora Sra. Loubet Luzarraga y dirigido por el Letrado Sr. Temiño Cenicero.SE ACEPTAN y se dan por reproducidos en lo esencial, los antecedentes de hecho de la sentencia impugnada en cuanto se relacionan con la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia de instancia de fecha 31 de Diciembre de 2001 es de tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por Sagarte, SA., representada por la Procuradora Dña. Iciar Loubet Luzárraga, contra Industrias Metálicas de Guipuzcoa,SA. Imeguisa, representada por el Procurador D. Francisco Javier Zubieta Garmendia, debo declarar y declaro:

  1. ) Que la fabricación, comercialización y distribución por parte de la demandada Industrias Metálicas de Guipúzcoa, SA. Imeguisa, de unos Módulos Contenedores Botelleros que incorporan características técnicas y formales reivindicadas y descritas en el Modelo de Utilidad nº 9700777-3, cuya titularidad registral ostenta Sagarte, SA., supone una violación de los derechos de propiedad industrial que corresponden a esta última.

  2. ) Que al fabricar, comercializar y distribuir la demandada, Industrias Metálicas de Guipúzcoa, SA., Imeguisa, unos Módulos Contenedores Botelleros que son una copia servil del protegido registralmente como Modelo de Utilidad no 9700777-3 a nombre de Sagarte, SA. ha incurrido en actos constitutivos de competencia desleal.

    En razón a lo anterior, debo condenar y condeno a la demandada:

  3. ) A estar y pasar por las anteriores declaraciones.

  4. ) A cesar en todo acto de fabricación y comercialización de Módulos Contenedores Botelleros que reproduzcan e imiten las características esenciales de los de la actora, protegidos por el Modelo de Utilidad nº 9700777-3.

  5. ) A decretar el embargo y posterior destrucción de los medios destinados exclusivamente a la fabricación de dichos Módulos Contenedores Botelleros.

  6. ) A que la demandada Industrias Metálicas de Guipúzcoa, SA. Imeguisa, retire y destruya toda clase de folletos, catálogos y publicidad que pudiese tener, relativa al producto infractor.

  7. ) A que pague una indemnización por daños y perjuicios ocasionados a la actora, consistentes en:

    -daño emergente que asciende a la cantidad de 348.597 pesetas. -lucro cesante originado a la actora por la fabricación de 1.000 botelleros y venta de 500 de los mismos a la mercantil Comercializadora La Rioja Alta, SA.; lucro cesante habrá de cuantificarse en ejecución de sentencia a tenor de las referidas bases.

  8. ) Se acuerda condenar a la demandada a que a su costa se publique esta sentencia en un periódico de carácter local y en otro de difusión nacional.

    Que desestimando la demanda reconvencional formulada por Industrias Metálicas de Guipúzcoa, SA. Imeguisa, frente a Sagarte, SA., debo absolver y absuelvo a la demandante reconvenida de las pretensiones formuladas de contrario.

    Se imponen a Industrias Metálicas de Guipúzcoa, SA. Imeguisa, las costas derivadas tanto de la demanda como de la reconvención".

SEGUNDO

Publicada y notificada dicha Resolución a las partes litigantes, por la representación del demandado se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación que, admitido por el Juzgado de Instancia y tramitado en legal forma ha dado lugar a la formación del presente rollo, al que ha correspondido el n° 220/02 de Registro y que se ha suscitado con arreglo a los trámites de los de su clase.

TERCERO

Hecho el oportuno señalamiento para la votación y fallo del presente recurso, quedaron las actuaciones sobre la Mesa del Tribunal para la deliberación y resolución.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.Ha sido Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. FERNANDO VALDES SOLIS CECCHINI.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El modelo de utilidad titularidad de la parte demandante (9700777) y recurrente tiene el siguiente contenido reivindicatorio:

Modelo contenedor botellero que teniendo0 la forma de un cuerpo paralepipédico con su fondo y cara laterales materializadas a base de varillas solidarizadas entre correspondientes perfiles, determinando una estructura metálica, en al que se ha previsto, en correspondencia con uno de los laterales, una puerta de acceso a su interior, estando éste previsto para ser llenado de botellas debidamente colocadas en posición vertical, durante la carga, para posteriormente ser volteado el módulo contenedor para que las botellas ocupen una posición horizontal y se mantengan así en las bodegas durante un tiempo de reposo o de crianza, se caracteriza porque incluye una rejilla superior de inmovilización de las botellas cuando el módulo contenedor esté lleno, alojándose el gollete de tales botellas en las retículas de la rejilla, contando ésta con dos varillas dotadas en sus extremos de sendos cerrojos para la fijación y bloqueo de la misma en el interior del contenedor; habiéndose previsto que en dos laterales opuestos se incluyan perfiles con orificios de alojamiento para los cerrojos de fijación y anclaje de la rejilla de inmovilización de las botellas, en tanto que en la considerada base del contenedor, así como en una cara contigua a tal base, se han previsto patines laterales de apoyo del contenedor correspondiendo, en el primer caso a la posición para el alojamiento de las botellas en su interior, y en el segundo caso para apoyo del contenedor tras el volteo del mismo hacia la posición de reposo, patines que constituyen a su vez medios que permiten el deslizamiento en cualquiera de ambas posiciones del propio módulo contenedor.

  1. Modulo contenedor-botellero perfeccionado según reivindicación la, caracterizado porque la puerta prevista en uno de los laterales incluye cerrojos de fijación...

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