SAP Teruel 197/2000, 10 de Octubre de 2000

PonenteJOSE ANTONIO OCHOA FERNANDEZ
ECLIES:APTE:2000:262
Número de Recurso142/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución197/2000
Fecha de Resolución10 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 197

Ilmos. Señores:

PRESIENTE:

  1. losé Antonio Ochoa Fernández

    MAGISTRADOS:

    Dª. Mª Teresa Rivera Blasco

  2. Juan Carlos Hernández Alegre

    En la ciudad de Teruel a diez de octubre del año dos mil.

    La Audiencia Provincial, integrada para este asunto por los Magistrados indicados al margen, ha visto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha dieciocho de marzo del año en curso, dictada en los autos civiles nº 267/1999, procedentes del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Alcañiz , Juicio ejecutivo promovido por la entidad "SOJA. TOLEDO, S.A. con domicilio en C/ Cervantes n° 8 de Toledo, C.I.F. n° A-45322.855 contra la entidad "AGROPECUARIA TARTER, S.L.", domiciliada en PIas de las Matas (Teruel), Carretera Calanda, s/n y C.I.F. nº B-24.133.155, sobre reclamación de cantidad.

    Han sido arte en esta alzada, como apelante, la demandada dicha, que ha estado representado por la Procuradora Doña Pilar Cortel Vicente y defendida por el Letrado don Ignacio Gallego Vazquez y, como parte apelada, la actora referida, que ha estado representada por el Procurador D. Luis Barona Sanchís y asistida por el Letrado D. Juan Antonio Galan Fuentes; siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente Don losé Antonio Ochoa Fernández.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. El Fallo de la resolución recurrida es del tenor siguiente: "Que desestimando la oposición formulada por la Procuradora Sra. Espallargas Balduz, en nombre y representación de AGROPECUARIA TARTER S.L., contra la ejecución ordenada en los presentes autos, DEBO MANDAR V MANDO SEGUIR ADELANTE LA EJECUCION, hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a la citada demandada, y con su producto hacer entero y cumplido pago al ejecutante SOJA TOLEDO S.A. de la cantidad de 9.649.185 pesetas de principal, más °.000.000 pesetas estimadas para intereses, y con condena expresa de las costas, condenado expresamente a la citada ejecutada al pago de dichas cantidades".

  2. Notificada dicha sentencia, contra la misma interpuesto recurso de apelación la entidad demandada, "Agropecuarias Tarter, S.L." previo emplazamiento de las partes se remitieron los autos ante laque han comparecido ambas.

  3. Tramitado el recurso, se señaló para la vista del mismo el pasado 26 de septiembre, en que tuvo lugar y, en cuyo acto, el Letrado de la recurrente solicitó la revocación de la sentencia de instancia y se dicte otra declarando la nulidad del Juicio con condena en costas a la contraria, alternativamente se dicte sentencia estimando la excepción de plus petición y se dicte sentencia reconociendo el pago de un millón per su representado. El Abogado del apelado interesó la desestimación del recurso con confirmación de la sentencia de instancia, y costas a la parte apelante.

  4. En la sustanciación de estos autos no se aprecia se hayan dejado de observar esenciales prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia por concurrir con otras ponencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso que formaliza la entidad demandada, AGROPECUARIA TARTER, S.L., en lo sucesivo "ATARSL", contra la sentencia de instancia que panda seguir adelante la ejecución instada contra élla por la también sociedad SOJA TOLEDO, S.A.. -en el futuro para esta Sala "SOTOSA"- lo funda en que los pagarés que sirven de título a la ejecución solicitada son nulos y solo se ha presentado al pago por el acreedor el primero de ellos y, alternativamente, la reducción de la condena al haberse entregado un millón de pesetas a cuenta de la deuda, lo que no recoge la sentencia que se impugna.

SEGUNDO

Como premisas de la decisión de esta Sala, hemos de establecer que, el denominado...

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