SAP Teruel 213/2000, 27 de Octubre de 2000

PonenteJUAN CARLOS HERNANDEZ ALEGRE
ECLIES:APTE:2000:282
Número de Recurso253/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución213/2000
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª

SENTENCIA NUM. 213

En la Ciudad de Teruel a veintisiete de octubre de dos mil. Esta Audiencia Provincial,

integrada por los Magistrados Ilmos. Señores Don Fermín Francisco Hernández Gironella, presidente accidental, Doña María Teresa Rivera Blasco, y Don Juan Carlos Hernández Alegre, suplente y ponente de la presente resolución, ha examinado el rollo de apelación civil núm. 253/00, incoado para la resolución del recurso interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Alcañiz, en el juicio de desahucio en precario núm. 49/00 , seguido a instancia de la mercantil "HERMANOS PIQUER, S.L." con domicilio social en Alcorisa (Teruel), C/ Marqués de Lema, núm. 162, provista de la C.I.F. núm. B-44103075, representada por la Procuradora Dª. Soledad Espallargas Balduz y defendida por el Letrado D. Isidro Escuín Garcés, contra la demandada "MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN ARIÑO, S.L.", DOMICILIADA EN Alcorisa, C/ Marqués de Lema s/n, provista de la C.I.F. núm. B- 44010809, representada Dª. Mercedes .

Han sido parte apelante la mercantil demandante, y apelada la parte demandada. Se dicta la presente resolución, que expresa el parecer unánime del Tribunal, con base en los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de 1ª Instancia núm. 2 de Alcañiz dictó sentencia el día 15 de septiembre del presente año en el juicio de desahucio en precario núm. 49/00 , con la siguiente parte dispositiva: "FALLO.-Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Soledad Espallargas en nombre y representación de Hermanos Piquer S.L., DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO EN LA INSTANCIA a Materiales de Construcción Ariño SL, al acoger la excepción de inadecuación de procedimiento, todo ello con expresa imposición de costas a la actora.

SEGUNDO

Una vez publicada y notificada la anterior sentencia, se interpuso, por la representación procesal de la mercantil demandante "Hermanos Piquer, S.L.", recurso de apelación, mediante la presentación del correspondiente escrito de alegaciones el día 23 de septiembre de 2000, en el que, tras exponer la fundamentación del mismo, solicitaba de la Sala una sentencia que, revocando la recurrida, estimase la demanda, condenase a la mercantil demandada a que en el acto deje libre, vacua y expedita, a entera disposición de los actores y sin derecho a ninguna clase de indemnización, la finca descrita como Urbana-solar sito en la localidad de Alcorisa, en la calle Marques de Lema, núm. 164, con una superficie de 360 metros cuadrados, con apercibimiento de lanzamiento si no lo verificase, así como al pago de las costas del procedimiento. Dicho recurso fue admitido en ambos efectos mediante providencia de fecha 27 de septiembre, en la que se acordaba dar traslado a la parte demandada para que en el plazo de cinco días pudiera presentar escrito de impugnación o de adhesión al recurso.

TERCERO

El día 5 de octubre la representación procesal de la mercantil demandada presentó escrito de impugnación del recurso, solicitando la desestimación del mismo y la confirmación íntegra de lasentencia recurrida, con expresa imposición a la parte apelante de las costas causadas en la apelación. En providencia del Juzgado del día siguiente se acordó elevar las actuaciones originales a esta Audiencia Provincial, competente para la resolución del recurso.

CUARTO

Una vez recibidos los autos originales en esta Audiencia Provincial el día 19 de octubre, se acordó, en providencia de la Sala del día siguiente, la incoación del oportuno rollo para la tramitación del recurso, designándose al mismo tiempo ponente, en cuyo poder quedó el recurso el día 26 de octubre para...

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