SAP Sevilla, 17 de Enero de 2003
Ponente | ANTONIO SALINAS YANES |
ECLI | ES:APSE:2003:187 |
Número de Recurso | 7043/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 17 de Enero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 5ª |
SENTENCIA
Iltmos. Sres.
DON JOSE HERRERA TAGUA
DON CONRADO GALLARDO CORREA
DON ANTONIO SALINAS YANES
En la ciudad de Sevilla, a diecisiete de Enero de dos mil tres.
Vistos en grado de apelación, por la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Sevilla, los autos de juicio ordinario seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia n° 2 de Sevilla con el n° 175 de 2001, en los que se dictó sentencia con fecha 20 de Junio de 2002, que fue apelada por la procuradora Dª. Linda María Lucero Fuentes, en nombre y representación del actor D. Marcos , defendido por el Abogado D. Antonio José Quintana Rodríguez, siendo partes apeladas, D. Rubén , representado por el Procurador D. José Ignacio Alés Sioli y defendido por el Abogado D. Juan Carlos Sever Gomis; la entidad "Gimnasio Angel Blanco S.L.", en la persona de su administradora Dª. Alicia , representada por la Procuradora Dª. Lucía Suárez-Bárcena Palazuelo y defendida por el Abogado D. Luis J. Santos Díaz y la entidad ALLIANZ, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., representada por el Procurador D. Pedro Martín Arlandís y defendida por la Abogada Dª. Ana García Garcia.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada, cuya parte dispositiva dice: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora María Lucero Fuentes en nombre y representación de Marcos contra Rubén , Gimnasio Blanco S.L. y Allianz Ras Compañía de Seguros y Reaseguros, absuelvo plenamente a los citados demandados de la totalidad de pretensiones deducidas en su contra, con imposición al demandante de las costas causadas en este procedimiento. "
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por la parte actora que fue admitido en ambos efectos elevándose los autos a este Tribunal, en unión de los escritos de interposición y oposición al recurso, y recibidos por la Sala, se designó Magistrado Ponente, que posteriormente fue sustituido por necesidades de organización de la misma, denegándose por auto de 21de Noviembre de 2002, la admisión de prueba de interrogatorio del primer demandado y convocándose para la deliberación y fallo, el día 13 de Enero de 2003, en cuya fecha se celebró el trámite, quedando los autos en poder del ponente para redactar la sentencia.
En la sustanciación del presente recurso, se han observado las formalidades legales.
Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. Don ANTONIO SALINAS YANES, Magistrado de la Sección.
El actor solicita en el procedimiento, que los demandados sean condenados a abonarle la cantidad de dos millones de pesetas, como importe de los daños y perjuicios derivados el accidente que sufrió el día 29 de Febrero de 2000, cuando al estar recibiendo clases de artes marciales del primer demandado, en el local de la segunda demandada, asegurado en la tercera demandada, y realizando una "simulación de combate", sufrió un terrible y aparatoso...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Valencia 54/2017, 14 de Febrero de 2017
...de contacto, donde las posibles lesiones obtienen su cobertura a través de los correspondientes seguros, SSAP de Sevilla 12-5-2000 y 17-1-2003 . Aplicando la anterior doctrina al caso que nos ocupa y a la vista de la prueba practicada, de conformidad con lo preceptuado en los arts. 217, 281......
-
SAP Huelva, 18 de Junio de 2007
...una actividad de riesgo, así lo viene entendiendo la jurisprudencia de las Audiencias Provinciales pudiendo citar la sentencia de la AP de Sevilla de 17.01.2.003, cuando considera que no debe aplicarse la teoría del riesgo con la inversión de la carga de la prueba por una lesión de gimnasio......