SAP Teruel 13/2001, 17 de Marzo de 2001

PonenteMARIA TERESA RIVERA BLASCO
ECLIES:APTE:2001:73
Número de Recurso4/2001
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución13/2001
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Teruel, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 13

En la Ciudad de Teruel, a diecisiete de marzo de dos mil uno.

La Audiencia Provincial de Teruel, integrada para este asunto por los Magistrados Ilmos. Sres. Fermin Hernández Qironella, Presidente accidental, Doña María Teresa Rivera Blasco y Don Juan Carlos Hernández Alegre, ha examinado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Juzgado de lo Penal che Teruel de fecha 25 de octubre de 2000, en autos de Procedimiento Abreviado número 33/2000, procedentes del Juzgado de Instrucción n° 1 de Alcañiz, seguidos por un presuntos delitos Contra los derechos de los trabajadores y homicidio por imprudencia contra Luis Alberto , Rafael , Guillermo , Bernardo Y Ana María . Ha sido apelante en el presente recurso Guillermo , representado por la Procuradora Doña Pilar Cortel Vicente y dirigido por el Letrado Don Alejandro Ceca Magán; Bernardo , representado por la Procuradora Doña Pilar Cortel Vicente y dirigido por el Letrado Don Rafael del Portillo García; Rafael , representado por la Procuradora Doña Pilar Cortel Vicente y dirigido por el Letrado Don Julio Hernández César; DIRECCION000 ., representada por la Procuradora Doña Pilar Cortel Vicente dirigida por el Letrado Don Pedro Pablo Hernández César; impugnando el recurso el Ministerio Fiscal y la acusación particular de Doña Julieta , en su nombre y en representación de sus hijos menores Domingo e Pedro Francisco , representada por la Procuradora Doña Ana María Gutiérrez Corduente y dirigida por el Letrado Don Pascual Sauras Fierrera. Es Ponente la Ilma. Sra. Doña María Teresa Rivera Blasco, que expresa el parecer unánime de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

EL Juzgado de lo Penal de Teruel dictó en fecha 25 de octubre de 2000 sentencia en autos de Procedimiento Abreviado 154/2000, dimanantes del Juzgado de Instrucción n° 1 de Alcañiz declarando como probados los siguientes hechos: "Probado y así se declara que, previos los trámites administrativos pertinentes, en el mes de Noviembre de 1996 la Diputación General de Aragón contrató con la mercantil DIRECCION000 . ( DIRECCION000 .) la realización de las obras de desagüe de aguas pluviales de la Avenida de la Clocha de la localidad de Calanda: obras que, iniciadas a comienzos del siguiente mes de Diciembre, se iban a llevar a cabo conforme a un proyecto establecido y aprobado por la D.G.A., quien designó como Directora Facultativa a Dª Ana María . Los trabajos se desarrollaron bajo la dirección de Guillermo , nacido el día 1 de febrero de 1951 y sin antecedentes penales, ingeniero de caminos y delegado de la zona norte de DIRECCION000 . Bernardo , nacido el día 20 de abril de 1939 y sin antecedentes penales, encargado de la obra y vigilante de seguridad y Rafael , nacido el día 20 de agosto de 1944 y sin antecedentes penales, capataz de la obra. Mientras que el capataz y el encargado tenían presencia constante en la obra e intervención material y directa, el delegado de la zona norte se mantenía a1 corriente de al marcha de los trabajos y daba las indicaciones pertinentes a través de las conversaciones telefónicas diarias que man tenia con Bernardo y las visitas semanales o casi semanales que efectuaba a al obra. Igualmente y para cumplimentar al exigencia de la Administración de que hubiera a pie de obra una persona con la cualidad de ingeniero de caminos, canales y puertos, al empresa designó como Jefe de obra a LuisAlberto , quien reunía aquella calidad pero que realmente estaba dedicado a otro contrato de la misma mercantil, el relativo a al infraestructura hidráulica del canal Calanda-Alcañiz, por lo que su intervención en las tareas de La Clocha era meramente nominal y accesoria. Para llevar a cabo de forma adecuada la canalización de las aguas pluviales y con el fin de evitar al máximo posibles molestias e incomodidades a los vecinos de al calle, se aperturaron en primer lugar sendas zanjas laterales, de un metro ochenta y cinco centímetros de profundidad y un metro o metro veinte centímetros de anchura, por donde se colocaron las tuberías de saneamiento abastecimiento de aguas de las viviendas, siendo rellenadas posteriormente las zanjas con cahorra, suelo de carácter granular que por ser permeable al agua permite el drenaje. Terminadas las aberturas laterales, sobre el mes de marzo de 1997 se acometió la realización de una zanja central, por donde iba a colocarse el colector de aguas pluviales: zanja que discurría aproximadamente por el centro de al calle y que tenía una profundidad de unos tres metros y una anchura de unos dos metros en base y de dos metros ochenta centímetros en coronación. Por razones técnicas cada día se excavaban, en tramos parciales, hasta unos doce metros de zanja, se efectuaban las mediciones y correcciones necesarias, para luego emplazar el colector de PVC che un metro cincuenta centímetros de diámetro y finalmente hormigonar. Las obras se desarrollaron sin especiales incidencias excepción hecha del leve accidente de un trabajador y una cierta demora derivada de las circunstancias climatológicas adversas de ese invierno y de al modificación parcial del proyecto: retraso que ante la solicitud efectuada por la empresa adjudicataria, fue aceptado por la Administración. Así las cosas, el día 12 de mayo de 1997, después de haber llovido el día anterior un total de 11.8 litros/m2, se procedió a la excavación de un nuevo tramo de zanja a la altura del portal número cinco de la mencionada avenida de La Clocha. Sobre las doce horas hizo acto de presencia en al obra la Directora facultativa, Sra. Ana María , quien comenzando desde el río, inició una visita de inspección acompañada de Bernardo , mientras los trabajos frente al número cinco seguían su curso. Tras abrirse unos cuantos metros y retirarse al tierra con al pala...

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