SAP Valladolid 31/2003, 24 de Enero de 2003
Ponente | JOSE ANTONIO SAN MILLAN MARTIN |
ECLI | ES:APVA:2003:116 |
Número de Recurso | 553/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 31/2003 |
Fecha de Resolución | 24 de Enero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valladolid, Sección 1ª |
SENTENCIA Nº 31
ILMA. AUDIENCIA PROVINCIAL DE VALLADOLID
SECCION PRIMERA
Ilmo. Sr. Presidente: D. JESÚS MANUEL SÁEZ COMBA
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSÉ RAMÓN ALONSO MAÑERO PARDAL
D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN
En VALLADOLID, a veinticuatro de Enero de dos mil tres.
VISTOS por esta Sección Primera de la Ilma. Audiencia Provincial de Valladolid, en grado de apelación, los autos de MENOR CUANTÍA nº 671/99-B del Juzgado de 1ª Instancia Nº6 de Valladolid, seguido entre partes, de una como demandante-apelada CASTILLA VEHÍCULOS INDUSTRIALES S.A., con domicilio social en Valladolid, representada por el Procurador D. Ignacio Valbuena Redondo y defendido por el Letrado D. Juan José Valbuena Redondo, y como demandado-apelante D. Bruno , mayor de edad y con domicilio en Valladolid, representado por el Procurador D. Juan Carlos Azorín Pérez y defendido por el Letrado D. Luis Vaquero Pardo; sobre reclamación de cantidad.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 18 de septiembre de 2002, se dictó Sentencia cuyo fallo dice así: ""Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representación de CASTILLA VEHÍCULOS INDUSTRIALES S.A. contra D. Bruno , debo declarar y declaro el derecho del expresado actor para retener el camión del demandado hasta el íntegro pago de la cantidad objeto de condena en esta resolución, y debo condenar y condeno al mencionado demandado a pagar al demandante la cantidad de 11.947,62 euros
(1.987.966 pts.), más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de interposición de la presente demanda, todo ello sin expresa condena en costas. "TERCERO.- Notificada a las partes la referida Sentencia, por el Procurador D. Juan Carlos Azorín Pérez en nombre y representación del demandado se preparó Recurso de Apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Recibidos los autos en este Tribunal, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 22 de enero de 2003, en que ha tenido lugar lo acordado.
Vistos, siendo ponente el ILMO. SR. MAGISTRADO D. JOSÉ ANTONIO SAN MILLÁN MARTÍN.
La Sentencia impugnada, estima, prácticamente en su totalidad, la demanda formulada por la entidad Castilla Vehículos Industriales, S.A. hasta la cantidad de 11.947,62 e, más intereses legales, como consecuencia del encargo de reparación que efectuara el demandado, al taller de la demandante, respecto del vehículo de su propiedad, camión Renault, matrícula VA- 9032-T, según autorización de reparación, sin presupuesto previo y agregándose con ulterioridad, nuevas reparaciones que se acumularon todas en una misma factura, sobre la que solo se pagó parte de ella. Persiste el demandado, en su Recurso de Apelación, en considerar apreciable al caso, una falta de legitimación pasiva, necesaria, respecto de la empresa Transportes Olloquiegui, en la que prestara el demandado sus servicios, que asumía el pago de la total reparación del camión, mientras prestara, el demandado, sus servicios en la misma. Persiste en la aplicación al caso del instituto de la prescripción, por transcurso de más de tres años, desde que finalizara la reparación del vehículo ( 25-10-96 ¿), hasta que se efectúa la presente reclamación, por demanda de 28-10-99. Solicita también se aplique al caso, la alegada compensación, en su caso, sobre la cantidad reclamada de las cantidades correspondientes a las reparaciones extras, que no fueron encargadas, no incluidas en la orden de reparación y de lo correspondiente por la defectuosa obligación de custodia ejercida por la actora sobre el...
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