SAP Valladolid 283/2003, 24 de Julio de 2003

PonenteMIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS
ECLIES:APVA:2003:1259
Número de Recurso130/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución283/2003
Fecha de Resolución24 de Julio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Valladolid, Sección 3ª

SENTENCIA Nº 283

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSE JAIME SANZ CID

D. FRANCISCO SALINERO ROMAN

D. MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS

En VALLADOLID, a veinticuatro de Julio de dos mil tres.

VISTO en grado de apelación ante esta Sección 3 de la Audiencia Provincial de VALLADOLID, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 881/2001, procedentes del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 9 de VALLADOLID, a los que ha correspondido el Rollo 130/2003, en los que aparece como parte apelante D. Emilio , Dª. Elvira , D. Guillermo , Dª. Leticia , D. Pablo y Dª Valentina , representados por la procuradora Dª. MARÍA DEL CARMEN GUILARTE GUTIERREZ, y asistidos por el Letrado D. VICENTE GUILARTE GUTIERREZ, y como apelado ALCALA 120 PROMOCIONES Y GESTION INMOBILIARIA S.L., representado por el procurador D. CARLOS MUÑOZ SANTOS, y asistido por los Letrados D. VICTOR CERVERA MERCADILLO y D. ALFONSO GARCIA DE PAADIN RIVERA, sobre declaración de dominio de finca rústica y otros extremos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

SEGUNDO

Seguido el litigio en cuestión por sus trámites legales ante el Juzgado de Primera Instancia de referencia, con fecha 25 de noviembre de 2.002, se dictó sentencia cuyo fallo dice así: "Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por ALCALA 120 PROMOCIONES Y GESTION INMOBILIARIA S.L. (ALCALA 120 S.L.) contra Emilio , Elvira , Guillermo , Leticia , Pablo y Valentina , debo declarar y declaro el dominio pleno y exclusivo de la actora sobre la finca de autos objeto de doble inmatriculación (finca suscrita a nombre de la actora en el Registro de la Propiedad Nº 1 de Valladolid con el nº NUM000 , Tomo NUM001 , folio NUM002 ) con transmisión posesoria plena y exclusiva de tal finca a la actora a los efectos jurídicos necesarios y adopción de cualesquiera otras medidas que resulten necesarias para la efectividad de dichos pronunciamientos; igualmente, debo declarar y declaro la nulidad del asientoregistral de inmatriculación de la finca de autos extendido a instancia de los demandados y a su nombre bajo los datos registrales siguientes: finca nº NUM003 del Registro de la Propiedad Nº 1 de Valladolid, tomo NUM004 , folio NUM005 , inscripción 1ª; expediente de dominio, acordando lo necesario para que se proceda a la cancelación del asiento, así como al levantamiento de los asientos registrales practicados en virtud de este procedimiento que limiten, condicionen o restrijan el derecho de la actora mediante la práctica de las cancelaciones que procedan, y todo ello con expresa imposición de las costas causadas a la parte demandada.".

TERCERO

Notificada a las partes la referida sentencia, por la parte demandada se preparó recurso de apelación que fue interpuesto dentro del término legal alegando lo que estimó oportuno. Por la parte contraria se presentó escrito de oposición al recurso. Remitidos los autos de juicio a este tribunal se señaló para la deliberación, votación y fallo el pasado día veinticinco de junio.

ÚLTIMO.- En la tramitación del presente procedimiento se han observado las formalidades legales.

Vistos, siendo ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don MIGUEL ANGEL SENDINO ARENAS.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación procesal de D. Emilio recurre la Sentencia de instancia que, estimando la demanda interpuesta por la mercantil ALCALA 120 PROMOCIONES Y GESTION INMOBILIARIA S.L., declara el dominio pleno y exclusivo de la actora sobre la finca que describe en su demanda, apreciando la realidad de su doble inmatriculación ya que a su vez se encuentra inscrita en el registro de la Propiedad a favor del demandado e integrantes de la comunidad en beneficio de quien actúa.

En contra de lo argumentado en los hechos probados y fundamentos jurídicos de la Sentencia recurrida, alega, en síntesis; a) que la actora ejercita una acción dominical sin que concurra en ella la condición de propietario al no haber integrado la tradittio posesoria que culmina el proceso adquisitivo; b) que aún considerando integrado formalmente el dominio de la actora faltaría el requisito de la identidad que permitiría obtener con éxito la restitución posesoria y la cancelación de la inscripciones eventualmente contradictoria; c) que aún considerando que la finca registral de la actora fuera coincidente con la de los demandados tal coincidencia habría surgido del expediente de cambio catastral propiciado por la actora; d) que aún considerando la existencia de una doble inmatriculación esta debería resolverse a favor de los demandados por faltar en la actora la condición de tercero hipotecario; y e) alternativamente, que los demandados deben ser reconocidos como propietarios de la finca litigiosa desde 1979 en términos determinantes de la usucapión adquisitiva. Pide por ello, se dicte nueva Sentencia que revoque la de instancia y desestime íntegramente la demanda.

Se opone a este recurso la defensa de la actora solicitando la íntegra confirmación de la sentencia recurrida.

SEGUNDO

Tras la lectura de la Sentencia de instancia y un nuevo y detenido examen de todo el acervo probatorio, este Tribunal pronto llega a la conclusión de que el presente recurso debe ser rechazado en todos y cada uno de los sucesivos motivos que plantea.

Se trata, en suma, de resolver un supuesto de doble inmatriculación de una misma finca en el Registro de la Propiedad Número Uno de Valladolid.

En nuestro sistema registral se abre una hoja, folio o registro particular para cada finca, pero ocurre en ocasiones que una misma finca o parte de ella consta inmatriculada dos o más veces en folios separados e independientes dentro de un mismo Registro, dando lugar, esta situación de coincidencia o superposición registral, a un supuesto de doble inmatriculacion, que adquiere especial relevancia dominical cuando dichas inscriciones figuran -como es el caso de autos- a favor de titulares diferentes, haciendo necesario un pronunciamiento judicial en torno al mejor -único- derecho de propiedad sobre la finca doblemente inscrita, ante la manifiesta quiebra de los principios rectores del mecanismo tabular. El ejercicio de estas acciones tendentes a obtener la afirmación y preeminencia del derecho dominical encuentra un perfecto acomodo en el amplio contenido del artículo 348 del Código Civil.

La Sentencia de instancia recoge, con sustancial acierto, los hechos básicos que han quedado probados tras ponderar en...

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