SAP Segovia 413/2002, 31 de Diciembre de 2002
Ponente | LUIS BRUALLA SANTOS-FUNCIA |
ECLI | ES:APSG:2002:595 |
Número de Recurso | 350/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 413/2002 |
Fecha de Resolución | 31 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Segovia, Sección ª |
SENTENCIA N º 413 / 2002
C I V I L
ROLLO APELACION
Número 350 de 2002
JUICIO VERBAL
Número 397 de 2001
JUZGADO DE 1ª INSTANCIA
de SEGOVIA N º 1
En la ciudad de SEGOVIA, a treinta y uno de diciembre de dos mil dos.
La Audiencia Provincial de esta capital, integrada por los Ilmos. Sres. don Andrés Palomo del Arco, Presidente, don Luis Brualla Santos Funcia y doña María José Villalaín Ruiz, Magistrados, ha visto en grado de apelación los autos de las anotaciones al margen, seguidos a instancia de D. Paulino , mayor de edad, vecino de Segovia , C/. DIRECCION000 , nº NUM000 ; contra D. Gregorio , mayor de edad, vecino de Segovia , C/. DIRECCION001 , nº NUM001 ; sobre juicio verbal , en virtud de recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en primera instancia, recurso en el que han intervenido como parte apelante el demandante , representado por la Procuradora Sra. De Ascensión Diaz , y defendida por el Letrado Sr. Cuesta Sanchez y como apelado, el demandado, que a efectos de notificaciones, designa como domicilio C/ DIRECCION002 , nº NUM002 , NUM003 .; y en la que ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. don Luis Brualla Santos Funcia.
Por el juzgado de 1ª Instancia de los de Segovia, nº 1; con fecha veintiséis de febrero de dos mil dos, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva establece : FALLO: "Estimo la excepción de cosa juzgada opuesta por el demandado D. Gregorio , frente a la pretensión contra él ejercida en este proceso por la Procuradora Dª Carmen Ascensión Díaz, en nombre y representación de D. Paulino , y absuelvo al demandado D. Gregorio , sin hacer imposición en costas, debiendo cada parte pagar las causadas a su instancia y las comunes por mitad."
Notificada que fue la anterior resolución a las partes, por la representación procesal de el demandante, se anunció la preparación de recurso de apelación, con enumeración de los pronunciamientosque se impugnan, al tenor que es de ver en su escrito unido en Autos, teniéndose por preparado el mismo, emplazándose a la recurrente para que en plazo interponga la apelación anunciada; y notificada dicha resolución a las partes, por los apelantes se interpuso para ante la Audiencia en legal forma el recurso anteriormente anunciado, en base a lo establecido en los arts. 457 y ss de la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, dándose traslado a la adversa, y emplazándola para oponerse al recurso o impugnarlo, y realizado el citado trámite en plazo, pues no solo se opuso al recurso, sino que además impugnó la sentencia, se acordó remitir las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Recibidos los autos en este Tribunal, registrados, formado este rollo, se señaló fecha para la deliberación y fallo de dicho por la Sala, y de llevado a cabo quedaron las actuaciones conclusas para resolver
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El recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de la parte demandante, Paulino
, pretende la revocación de la sentencia dictada en estas actuaciones por la que se desestimaba la demanda rectora de la litis, y que en su lugar se dicte sentencia por la que se decrete haber lugar a su revocación, desestimando la excepción apreciada de cosa juzgada y entrando a conocer del fondo del asunto se decrete el progreso de las pretensiones contenidas en aquella al tenor en que fueron definitivamente fijadas en el...
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