SAP Valencia 54/2001, 25 de Enero de 2001
Ponente | MARIA DEL CARMEN ESCRIG ORENGA |
ECLI | ES:APV:2001:456 |
Número de Recurso | 611/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 54/2001 |
Fecha de Resolución | 25 de Enero de 2001 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª |
SENTENCIA NÚM.: 54/01
Ilustrísimos Sres.:
PRESIDENTE
D. JOSE MARTINEZ FERNANDEZ
MAGISTRADOS
Dª Mª CARMEN ESCRIG ORENGA
Dª Mª ANTONIA GAITÓN REDONDO
En la ciudad de Valencia a, veinticinco de Enero de dos mil uno.
Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Mª CARMEN ESCRIG ORENGA, el presente rollo de apelación número 611/00, dimanante de los autos de Juicio Ejecutivo, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de Valencia, bajo el número 159/99, entre partes; de una, como demandante- apelante a Banco Español de Crédito S.A., representado por el Procurador de los Tribunales D. Carlos Fco. Diaz Marco, y de otra como demandados-apelados a Herencia yacente de D. Jesús Ángel , representada por D. Gustavo , D. Sergio , D. Juan Pedro y D. Eloy , representado por el Procurador de los Tribunales Dª Silvia Iniesta Medina, sobre Póliza, en virtud del recurso de apelación interpuesto por el demandante.
La Sentencia apelada pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado- Juez de Primera Instancia número 1 de los de Valencia, en fecha diez de Enero de dos mil, contiene el siguiente FALLO: "Que estimando la oposición formulada por la Procuradora de los Tribunales Da. Silvia Iniesta Medina, en nombre y representación de D. Gustavo , Sergio , Juan Pedro y Eloy , procede declarar la nulidad parcial del Juicio, únicamente respecto a la ejecución despachada contra la herencia yacente representada por D. Gustavo ,
D. Sergio , D. Juan Pedro y D. Eloy , debiendo MANDAR COMO MANDO seguir adelante con la ejecución despachada hasta hacer trance y remate de los bienes embargados a la mercantil FORO EDICIONES S.L., y con su producto hacer cumplido pago al acreedor BANCO ESPAÑOL DE CREDITO S.A. de la cantidad de
9.300.138 pesetas de principal, más los intereses de demora al 29 por cien pactado y las costas que se le causen en este procedimiento, debiendo imponer a la actora ejecutante el pago de las costas ocasionadas a los demandados cuya oposición ha sido estimada.-Contra esta Sentencia podrá interponerse ..."
Que contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la demandante, que fue admitido en ambos efectos y, previo emplazamiento de las partes, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial, compareciendo las partes, tramitándose la alzada, con celebración de la Vista correspondiente el día 15 de Enero de 2001, a cuyo acto asistieron los letrados y las representaciones de las partes que constan en la diligencia de vista extendida a tal efecto, solicitando se dictara sentenciaconforme a las pretensiones de sus respectivos patrocinados.
Que se han observado las formalidades y prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
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