SAP Zaragoza 263/2000, 18 de Abril de 2000

PonenteFRANCISCO ACIN GAROS
ECLIES:APZ:2000:1137
Número de Recurso732/1999
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución263/2000
Fecha de Resolución18 de Abril de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 2ª

SENTENCIA NUMERO 263

EN NOMBRE DE S. M. EL REY

Ilmos. Señores:

PRESIDENTE

D. Luis Fernández Alvarez

MAGISTRADOS

D. Julián Carlos Arqué Bescós

D. Francisco Acín Garós

Zaragoza, a dieciocho de abril de dos mil.

Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto por

la parte demandada contra la sentencia dictada por la Ilma. Sra. Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1, de los de Zaragoza, en el juicio declarativo de menor cuantía nº 963/98 , rollo

732/99, sobre reclamación de cantidad, en el que es apelante Dª Gloria , mayor de edad, separada, con domicilio en C/ DIRECCION000 , Residencial DIRECCION001 , nº NUM000 ,

casa NUM001 , representada por la Procuradora Dª Rosario Viñuales Royo y dirigida por el Letrado Don

Jose Bernal Gracia, y apelado D. Alexander , mayor de edad, separado, con

domicilio en C/ DIRECCION002 NUM002 , NUM003 NUM004 , Zaragoza, representado por la Procuradora Dª María Fernanda

Alfaro Montañés y dirigido por el Letrado D. Eladio Mateo Ayala, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los antecedentes fácticos de la sentencia impugnada, y

PRIMERO

Por la Sra. Juez de Primera Instancia nº 1, de los de Zaragoza, se dictó el 24 junio 1999 sentencia que contenía el siguiente Fallo: "Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª María Fernanda Alfaro Montañés, en representación de D. Alexander , contra Dª Gloria , debo declarare y declaro disuelta la sociedad civil que vinculaba a las partes denominada "A Queimada S.C." que se proceda a la liquidación y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada a rendir cuentas y al pago de las cantidades que resulten a favor del actor, lo que se efectuará en el tramite de ejecución de sentencia.Todo ello con imposición de costas a la demandada".

SEGUNDO

La representación de Dª Gloria interpuso contra dicha sentencia recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos; y elevados los autos a la Audiencia, previos los oportunos emplazamientos, se pasaron a las partes, una vez personadas, señalándose para la vista el día 12 abril 2000, en cuyo acto la parte apelante solicitó se dictase sentencia por la que, estimándose su recurso, se revocase la resolución recurrida, con imposición de costas al demandante. La parte apelada solicitó la confirmación de aquella resolución.

TERCERO

En la sustanciación de esta alzada se han observado las prescripciones legales, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Francisco Acín Garós.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Lo que el actor apelado pidio en su demanda, al amparo de la causa 2ª y subsidiariamente 4ª del art 1700 del Código Civil , fue la disolución y liquidación de la Sociedad Civil que tenia...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
2 artículos doctrinales
  • Sección tercera: De las cargas y obligaciones de la sociedad conyugal
    • España
    • El régimen económico del matrimonio
    • 1 Enero 2005
    ...para reclamar este crédito frente a la sociedad de gananciales [SAP de Madrid de 17 de julio de 2003 (EDJ 2003/133463); SAP de Zaragoza de 18 de abril de 2000 (BDA 2000/3176); SAP de Valladolid de 9 de julio de 1998 (BDA Por otro lado, cabe referirnos a las cuotas debidas a la Seguridad Soc......
  • Otras deudas gananciales: las obligaciones tributarias
    • España
    • Las deudas gananciales y sus reintegros Capítulo quinto. Otras deudas gananciales en la relación interna (III)
    • 1 Diciembre 2001
    ...con sus propios bienes tiene legitimación para reclamar este crédito frente a la sociedad de gananciales, vid., la sentencia de la AP de Zaragoza de 18 de abril de 2000, BD RAJ, 2000, nº 3176; SAP de Valladolid de 9 de julio de 1998, BD RAJ 1998, nº 180 En el Derecho belga, se afirma que lo......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR