SAP Cáceres 268/2001, 17 de Octubre de 2001

PonenteJUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA
ECLIES:APCC:2001:821
Número de Recurso252/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución268/2001
Fecha de Resolución17 de Octubre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 1ª

SENTENCIA NÚM. 268/01

Ilmos. Sres.

PRESIDENTE:=

DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA=

MAGISTRADOS:=

DON SALVADOR CASTAÑEDA BOCANEGRA=

DON JACINTO RIERA MATEOS=

-------------------------------------------------------------------------Rollo de Apelación núm. 252/01=

Autos núm. 124/00=

Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Trujillo=

===================================

En la Ciudad de Cáceres a diecisiete de octubre de dos mil uno.

Habiendo visto ante esta Audiencia Provincial de Cáceres el Rollo de apelación al principio referenciado, dimanante de los autos de Juicio Verbal Civil núm. 124/00, del Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Trujillo sobre reclamación de cantidad, siendo parte apelante, la demandada CAJA DE SEGUROS REUNIDOS, S.A. (CASER), representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales Sr. Gil García de Guadiana y defendida por la Letrada Sra. Sánchez Recuero; y como parte apelada, el demandante DON Benedicto , representado en la instancia por la Procuradora de los Tribunales Sra. Morano Masa y defendido por el Letrado Sr. Lucas Carpintero; estando declarada en rebeldía la demandada SOCIEDAD DE CAZADORES "LA BREÑA".

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Trujillo, en los autos de Juicio Verbal Civil núm. 124/00, con fecha 20 de abril de 2.001, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando como estimo la demanda interpuesta por la representación procesal de D. Benedicto debo declarar y declaro que la Sociedad de Cazadores "La Breña de Deleitosa" y la compañía de seguros "Caja de Seguros Reunidos S.A." (CASER) son responsables solidariamente de los daños causados al vehículo del actor y en consecuencia debo condenar y condeno a la Sociedad de Cazadores "La Breña de Deleitosa" y la compañía de Seguros CASER al pago al actor de 929.706 ptas., una vez que se acredite en ejecución de sentencia la efectiva reparación del vehículo del actor. Asimismo debo condenar y condeno a la Cía. CASER al pago de los intereses legales de cantidad a contar desde la fecha del accidente, interés consistente en el interés legal del dinero incrementado en un 50%. Se imponen las costas procesales a la Sociedad de Cazadores "La Breña de Deleitosa" y a la sociedad CASER. Así por esta mi sentencia..."

SEGUNDO

Frente a la anterior resolución y por la parte demandada se solicitó la preparación del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

TERCERO

Admitido que fue la preparación del recurso por el Juzgado, se emplazó a la parte recurrente, de conformidad con lo dispuesto en el artº 457,3 de la L.E.C., por término veinte días para la formalización del recurso de apelación conforme a las normas prevenidas en los arts. 458 y ss. de la misma Ley procesal.

CUARTO

Formalizado, en tiempo y forma, el recurso de apelación por la representación de la parte demandada CASER, se tuvo por interpuesto y de conformidad con lo establecido en el artº 461 de la L.E.C. se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.

QUINTO

Presentado escrito de oposición al recurso por la representación del apelado, el Juzgado de instancia remitió los autos originales a esta Audiencia Provincial, que por turno de reparto correspondió a esta Sección Primera, incoándose el correspondiente Rollo de Sala, turnándose de ponencia y no habiéndose propuesto prueba por ninguna de las partes, ni considerando este Tribunal necesaria la celebración de vista, se señaló para DELIBERACIÓN Y FALLO el día 16 de octubre de 2001 quedando los autos para dictar sentencia en el plazo marcado en el artº 465.1 de la L.E.C.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Presidente DON JUAN FRANCISCO BOTE SAAVEDRA.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La acción personal en reclamación de cantidad por los daños causados por animales de caza fue estimada en la sentencia de instancia, y disconforme la aseguradora demandada se alza el recurso de apelación, alegando los siguientes motivos: 1º) Error en la valoración de la prueba porque no existe prueba alguna que acredite que los cérvidos irrumpieran en la calzada, nadie observa a los animales, el vehículo no impacta con los animales y la huella observada por la guardia civil sólo se aprecia en el margen derecho de la calzada, pero no en el margen izquierdo, por lo que la causa del accidente obedece a la distracción del conductor y al exceso de velocidad a que circulaba, o bien existe concurrencia de culpas. 2º) En cuanto a la indemnización de los daños se dice que el vehículo no se a reparado ni se va a reparar, admitiendo el actor que lo ha dado de baja en tráfico y el propietario del taller dice que lo va a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Madrid 156/2013, 21 de Marzo de 2013
    • España
    • Audiencia Provincial de Madrid, seccion 10 (civil)
    • 21 Marzo 2013
    ...de Sentencia; . Y se ha rechazado, entre otras, por la SAP de Cáceres, Secc. 1.ª núm. 286/2001, de 17 de octubre [RA núm. 252/2001; ROJ: SAP CC 821/2001]; o la SAP de Burgos, Secc. 3.ª, núm. 562/2002, de 24 de octubre [RA núm. 444/2002; ROJ: SAP BU 1381/2002] -«.. . la sentencia recurrida c......
  • SAP Soria 76/2011, 26 de Abril de 2011
    • España
    • 26 Abril 2011
    ...tanto, será dicha entidad la encargada de indemnizar por los daños sufridos en el coche del actor". En el mismo sentido la SAP de Cáceres de 17 de octubre de 2001 donde se indicaba que "lo lógico es que los animales intenten cruzar la calzada, cuanto que en la finca se estaba cazando y por ......
  • SAP Soria 89/2009, 7 de Mayo de 2009
    • España
    • 7 Mayo 2009
    ...demandada, y por tanto ésta habrá de indemnizar por los daños sufridos por el coche del actor". En el mismo sentido la SAP de Cáceres de 17 de octubre de 2001 , donde se indicaba que "es lo lógico que los animales intentaran cruzar la calzada, cuanto que en la finca se estaba cazando, y los......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR