SAP Cáceres 2/2005, 14 de Enero de 2005

PonentePEDRO VICENTE CANO-MAILLO REY
ECLIES:APCC:2005:4
Número de Recurso5/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución2/2005
Fecha de Resolución14 de Enero de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cáceres, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 2/2005

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE

Dª Mª FÉLIX TENA ARAGÓN

MAGISTRADOS

D. PEDRO V. CANO MAILLO REY

D. VALENTÍN PÉREZ APARICIO

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ROLLO Nº 5/2005

JUICIO ORAL Nº 441/2003

JUZGADO DE LO PENAL

Nº 1 DE PLASENCIA

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En Cáceres, a catorce de enero de dos mil cinco.

ANTECEDENTES DE HECHOS

Primero

Que por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Plasencia, en el Juicio Oral reseñado al margen, seguido por un delito de ROBO CON FUERZA EN LAS COSAS, contra Miguel , se dictó Sentencia de fecha 5 de Noviembre de 2004 , cuyos hechos probados y fallo son del tenor literal siguiente: HECHOS PROBADOS: "El día tres de febrero de dos mil uno autor o autores desconocidos accedieron a la vivienda propiedad de Jesús Manuel sita en la calle El Cercado de la localidad de Valverde del Fresno de donde sustrajeron diversos objetos y entre ellos la tarjeta de crédito número NUM000 de la entidad Caja Duero de la que era titular su esposa doña Margarita así como el número secreto de la misma. Dicha tarjeta y número de manera que no ha quedado acreditada llegó a la posesión del hoy acusado Miguel , mayor de edad y con antecedentes penales no computables en esta causa, el cual con la intención de obtener un ilícito beneficioa costa del patrimonio ajeno con la mentada tarjeta realizó entre los días cuatro al veintiuno de febrero diversas extracciones en cajeros automáticos de las localidades de Moraleja, Valverde del Fresno, Coria, San Martín de Trebejo y Hoyos, ascendiendo la totalidad así obtenida a la cantidad de 2.000.000 de pesetas

(12.000 euros). El acusado en el mismo mes de febrero adquirió dos vehículos con matrículas YD-....-Y y Q-....-QJ que se registraron a nombre de Inés ."

FALLO:

"Que debo condenar y condeno al acusado Miguel , como responsable criminalmente en concepto de autor de un delito continuado de robo con fuerza en las cosas, antes definido, no concurriendo circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de DOS AÑOS Y SEIS MESES DE PRISIÓN con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y al pago de las costas de este procedimiento. En concepto de responsabilidad civil el acusado indemnizará a Jesús Manuel y a Margarita en la suma de DOCE MIL EUROS, esta cantidad devengará el interés legal previsto en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil . Reclámese del Juzgado Instructor la pieza de responsabilidad civil tramitada conforme a derecho. Abónese al acusado para el cumplimiento de la pena impuesta el tiempo que estuvo privado de libertad por esta causa. Hágase entrega definitiva de los dos vehículos matrícula YD-....-Y y Q-....-QJ a su legítima propietaria."

Segundo

Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la representación de Miguel , que fue admitido en ambos efectos, y transcurrido el periodo de instrucción y alegaciones de conformidad con lo establecido en la L.E.Cr., se elevaron las actuaciones a esta Ilma. Audiencia Provincial.

Tercero

Recibidas que fueron las actuaciones se formó el correspondiente rollo, con el oficio misivo por cabeza, registrándose con el número que consta en cabecera, se acusó recibo y se turnaron de ponencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 792.1 de la L.E.Cr ., pasaron las actuaciones al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente para examen de las mismas y dictar la oportuna resolución, señalándose votación y fallo el 10 de Enero del corriente año.

Cuarto

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

Vistos y siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. PEDRO V. CANO MAILLO REY.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

La apelación que nos ocupa la formula don Miguel y pretende la revocación de la Sentencia en el sentido de que la pena a imponer al recurrente sea la de un...

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