SAP Cádiz, 21 de Diciembre de 2001

PonenteLORENZO JESUS DEL RIO FERNANDEZ
ECLIES:APCA:2001:3432
Número de Recurso60/2001
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 1ª

SENTENCIA N°

AUDIENCIA PROVINCIAL DE CÁDIZ

Sección Primera

ILMOS SRES.

PRESIDENTE:

D. LORENZO DEL RÍO FERNÁNDEZ

MAGISTRADOS:

Dña. ROSA MARIA FERNANDEZ NUÑEZ

D. PEDRO MARCELINO RODRIGUEZ ROSALES

Juzgado de lo Penal N° 2 Cádiz

APELACIÓN ROLLO NÚM. 60/2001

P. ABREVIADO NÚM. 122/2001

En la ciudad de Cádiz a veintiuno de diciembre de dos mil uno.

Visto por la Sección Primera de esta Audiencia integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en autos de Procedimiento Abreviado seguidos en el Juzgado de Lo Penal referenciado por delito de abandono de familia, cuyo recurso interpuesto por la representación del condenado Matías . Es parte recurrida el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ilmo Sr. Magistrado Juez de lo Penal del Juzgado de lo Penal N° 2 Cádiz, dictó sentencia el día 13 de junio de 2001 en la causa de referencia, cuyo Fallo literalmente dice, "Que debo CONDENAR y CONDENO a Matías , como autor de un delito de abandono de familia a la pena de arresto de doce fines de semana, indemnización a Guadalupe en la suma de 360.000 ptas y costas ".

SEGUNDO

Contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, por la representación de Matías y admitido el recurso y conferidos los preceptivos traslados, se elevaron los autos a esta Audiencia. Formado el rollo, se señaló el día de la fecha para la votación y Fallo, quedando visto para sentencia.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

Ha sido Ponente el Ilmo Sr. Magistrado D. LORENZO DEL RÍO FERNÁNDEZ, quien expresa elparecer del Tribunal.

HECHOS PROBADOS

Se acepta la declaración de hechos probados de la Sentencia apelada, que dicen así: "Que por Auto de Medidas Provisionales de fecha 9 de mayo de 1997, dictado por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de los de Sanlúcar de Barrameda, se acordó que, Matías , mayor de edad y sin antecedentes penales, debía de abonar mensualmente como contribución al sostenimiento de las cargas familiares, el 50% de los ingresos que por cualquier concepto percibiera, dictándose en fecha 25-.4-00 Sentencia de separación de Guadalupe y el acusado, imponiéndose a ese en concepto de contribución al levantamiento de las cargas familiares, el importe de 45.000 ptas. El acusado no abonó cantidad alguna los meses de noviembre y diciembre de 1997, los meses de enero, abril, mayo y agosto de 1998, los meses de enero, abril, mayo, junio, noviembre y diciembre de 1999, únicamente abonó la pensión estipulada durante el año 2000 en los meses de julio y agosto, y desde que comenzó el año 2001 ha abonado los meses de marzo a junio, a pesar de que, si bien de los meses de 24-10-96 al 13 de julio de 1998, no consta haya desarrollado actividad laboral remunerada ni haber obtenido algún tipo de prestación económica, así como desde el 21-10-99 al 3-4-00, el resto del tiempo sí estuvo realizando actividad laboral en la Sociedad IMPERGER, y del 3-5-00 al 2-9-00 estuvo percibiendo como prestación por desempleo el importe de 99.603 ptas. ".

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como expresan las sentencias del Tribunal Supremo de fecha 13 de febrero y 3 de Abril del 2001, la figura delictiva tipificada en el art. 227 C.P. constituye una segregación del tipo general de abandono de familia, incorporando al Código una específica modalidad del tipo básico, con la que el legislador trata de proteger a los miembros económicamente más débiles del cuerpo familiar frente al incumplimiento de los deberes asistenciales del obligado a prestarlos en virtud de resolución judicial o de convenio judicialmente aprobado en los supuestos contemplados en el precepto.

Los elementos constitutivos del tipo, que se configura como un delito de omisión, son: A) La existencia de una resolución judicial firme dictada en proceso de separación, divorcio, nulidad matrimonial, filiación o alimentos, que establezca la obligación de abonar una prestación económica en favor del cónyuge o de sus hijos; sin que sea preciso que a tal derecho de crédito acompañe una situación de necesidad vital por parte del beneficiario de la prestación. B) La conducta omisiva consistente en el impago reiterado de esa prestación económica durante los plazos exigidos en el precepto legal, es decir, dos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
24 sentencias
  • SAP Córdoba 446/2017, 23 de Octubre de 2017
    • España
    • 23 Octubre 2017
    ...de 2002 y de 29 de mayo del mismo año ), y aunque señalarlo sea una reiteración innecesaria ha de partirse, como afirma la Sentencia de la A.P. de Cádiz de 21-12-2001 de que la figura delictiva tipificada en el Art. 227 del Código Penal constituye una segregación del tipo general de abandon......
  • SAP Córdoba 391/2018, 4 de Octubre de 2018
    • España
    • 4 Octubre 2018
    ...de 2002 y de 29 de mayo del mismo año), y aunque señalarlo sea una reiteración innecesaria ha de partirse, como afirma la Sentencia de la A.P. de Cádiz de 21-12-2001 de que la figura delictiva tipificada en el Art. 227 del Código Penal constituye una segregación del tipo general de abandono......
  • SAP Córdoba 14/2017, 19 de Enero de 2017
    • España
    • 19 Enero 2017
    ...Ponente Ilmo. Sr. Magaña Calle) que : "aunque señalarlo sea una reiteración innecesaria ha de partirse, como afirma la Sentencia de la A.P. de Cádiz de 21-12-2001 de que la figura delictiva tipificada en el Art. 227 del Código Penal constituye una segregación del tipo general de abandono de......
  • SAP Córdoba 183/2013, 12 de Junio de 2013
    • España
    • 12 Junio 2013
    ...de 2002 y de 29 de mayo del mismo año ), y aunque señalarlo sea una reiteración innecesaria ha de partirse, como afirma la Sentencia de la A.P. de Cádiz de 21-12-2001 de que la figura delictiva tipificada en el Art. 227 del Código Penal constituye una segregación del tipo general de abandon......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR