SAP Madrid 85/1999, 28 de Abril de 1999

PonenteANA MARIA FERRER GARCIA
Número de Recurso231/1998
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución85/1999
Fecha de Resolución28 de Abril de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Madrid

SENTENCIA Nº 85/99

AUDIENCIA PROVINCIAL

Ilmos. Sres. de la Sección 7ª

Dª. Ana Mª Ferrer García

Dº. José Antonio Alonso Suárez

Dª. Mª Victoria Calle Rodríguez

---------------------------------En Madrid, a veintiocho de abril de mil novecientos noventa y nueve.

VISTA en juicio oral y público ante la Sección 7ª de esta Audiencia Provincial la causa procedente del Juzgado de Instrucción nº 10 de esta ciudad, seguida de oficio por falta continuada de hurto y delito de falsedad en documento oficial, contra Fermín , nacido el día 20 de Enero de 1956, hijo de Felix y de Concepción , natural y vecino de Madrid, sin antecedentes penales, cuya solvencia no consta, y en libertad provisional por esta causa; habiendo sido parte el Ministerio Fiscal representado por la Ilma. Sra. Dª. Mª. Dolores Nieto Fajardo y el referido acusado representado por la Procuradora Dª. Mª. Marta Sanz Amaro y defendido por la Letrada Dª. Patricia Mª. Torral Riesco y Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Ana Mª Ferrer García.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de una falta continuada de hurto del art. 623.1 y 74 del C.P . y de un delito de falsedad en documento oficial comprendido en el artículo 390.3 inciso 1 del Código Penal . De estos hechos consideró responsable en concepto de autor al acusado Fermín , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, y solicitó la imposición de la pena de por falta de hurto de 2 meses de multa a razón de 200 ptas. día ó 30 días de responsabilidad personal subsidiaria y por el delito de falsedad la pena de 3 años de prisión con multa de 6 meses a razón de 200 ptas. día ó 3 meses de responsabilidad personal subsidiaria, inhabilitación especial para el ejercicio del cargo público relacionado con el servicio de Correos por 3 años y costas.

SEGUNDO

La defensa del acusado, en sus conclusiones también definitivas, solicitó la libre absolución en cuanto a la falta se refiere, y por lo que hace al delito de falsedad entendió que los hechos integraban un delito previsto en el art. 391, solicitando una pena de 6 meses de multa a razón de 200 ptas.día y suspensión del cargo por otros 6 meses.

HECHOS PROBADOS

El 6 de Marzo de 1996 Fermín , mayor de edad y sin antecedentes penales, en su condición de funcionario auxiliar de clasificación y reparto de Correos y Telégrafos, recibió dos paquetes para hacer entrega de los mismos a Juan en su domicilio de la C/ DIRECCION000 de Madrid. Los paquetes contenían joyas y uno había sido remitido por Lona Natera y el otro por Majofer S.A. Fermín en lugar de entregar el paquete en su destino, se apoderó en su propio beneficio del contenido. Con la finalidad de que tal hecho permaneciera oculto, simuló una rúbrica en la hoja correspondiente del libro de reparto, donde debería constar la firma del destinatario. Fermín ha abonado a los perjudicados el importe en el que los paquetes habían sido asegurados.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La prueba practicada en el acto del juicio oral ha conseguido acreditar que los hechos ocurrieron tal y como se han declarado probados. Compareció en su calidad de testigo Juan , destinatario de los paquetes, quien indicó que éstos no habían llegado a su poder, es decir, que no se le habían sido entregados, así como que contenían joyas que le había a ser remitidas.

Por su parte, el propio acusado admitió haber recibido o tomado posesión, en su condición de funcionario de correos, de los paquetes con el objeto de entregarlos. Lo que no aceptó el acusado es que se hubiera apoderado de su contenido, aduciendo, por el contrario, que los extravió. Sin embargo, estas manifestaciones del acusado no resultan creíbles, y no lo son atendiendo, sobre todo, a su propio comportamiento. No parece razonable creer que una persona, que como el mismo mantuvo en el acto del juicio, lleva más de 11 años trabajando en Correos, reaccione de tal manera con la simple finalidad de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
3 sentencias
  • SAP Tarragona 858/2004, 30 de Julio de 2004
    • España
    • 30 July 2004
    ...sec. 2ª, S 25-11-2002, nº 222/2002 ; AP Alicante, sec. 1ª, S 18-5-2002, nº 280/2002 ; SAP Barcelona de 18 de enero del 2000 , SAP de Madrid de 28 de abril de 1999 ) y ello en base a que: 1º Atendiendo a la acción, en el hurto o en la estafa, el apoderamiento se produce sin la voluntad del p......
  • SAP Madrid 459/2013, 27 de Mayo de 2013
    • España
    • Audiencia Provincial de Madrid, seccion 15 (penal)
    • 27 May 2013
    ...AP Alicante, sec. 1ª, S 18-5-2002, núm. 280/2002 [ JUR 2002, 189684] ; SAP Barcelona de 18 de enero del 2000 [ ARP 2000, 18], SAP de Madrid de 28 de abril de 1999 ) y ello en base a que: 1º Atendiendo a la acción, en el hurto o en la estafa, el apoderamiento se produce sin la voluntad del p......
  • SAP Tarragona, 10 de Abril de 2002
    • España
    • 10 April 2002
    ...de una inicialmente ilícita. (En el mismo sentido, STS de 4 de marzo de 1998, SAP Barcelona de 18 de enero del 2000, SAP de Madrid de 28 de abril de 1999). Establecido pues que no estamos ante delitos homogéneos, procede en segundo lugar determinar si el cambio de calificación provisional e......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR